Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Fue sancionada ley que promueve horarios laborales flexibles para el bienestar de la familia


Fue sancionada ley que promueve horarios laborales flexibles para el bienestar de la familia
Actualizado: 18 agosto, 2017 (hace 7 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Objeto de la ley pasó de la expectativa al compromiso del Estado
  • Programa de subsidios
  • Flexibilización de horarios laborales
  • Espacio familiar cada semestre
  • Responsabilidad de los operadores de telecomunicaciones con la familia

Se sancionó ley que modifica apartes de la Ley de Protección Integral a la Familia. Los cambios involucran compromisos del Estado hacia el asistencialismo a la familia y también faculta a los empleadores para que promuevan el acercamiento de las familias a través de la flexibilización de horarios.

Recientemente fue sancionada la Ley 1857 de 2017 que modifica algunos apartes de la Ley 1361 de 2009 “Ley de Protección Integral a la Familia”. Estos cambios involucraron un compromiso directo por parte del Estado hacia el asistencialismo de derechos de personas vulnerables en aras de fortalecer la integración de la familia, también faculta a los empleadores para flexibilizar horarios de trabajadores que procuren un acercamiento con los miembros de su familia.

Objeto de la ley pasó de la expectativa al compromiso del Estado

Entre los cambios más importantes se encuentra que el objeto de la ley pasó de esperar la creación de una política pública para la familia, a establecer como deberes del Estado la promoción de herramientas para potenciar recursos, no solo económicos, sino culturales, afectivos, de solidaridad y criterios de autoridad democrática para que funjan como elemento protector de los integrantes de la familia, toda vez que esta se considera el núcleo fundamental de la sociedad.

Programa de subsidios

Respecto a los derechos de la familia que deben ser garantizados por el Estado y que se encuentran prescritos en el artículo 4 de la Ley 1361 de 2009, se ordenó la creación de programas de subsidios de salud, recreación, deporte y emprendimiento para su efectiva materialización, dichos subsidios ayudarían a materializar derechos como la recreación, cultura y deporte (numeral 6, artículo 4, Ley 1361 de 2009); derecho a un trabajo digno e ingresos justos (numeral 3, artículo 4, Ley 1361 de 2009); y derecho a la salud plena y a la seguridad social (numeral 4, artículo 4, Ley 1361 de 2009). Pero su finalidad va más allá de un mero asistencialismo económico, el Estado se compromete con ello a:

“(…) prevenir o superar condiciones de violencia o maltrato, inseguridad económica, desescolarización, explotación sexual o laboral y abandono o negligencia, uso de sustancias sicoactivas y cuidado de personas dependientes en la atención de alguno de los miembros de la familia.” (Artículo 2 de la Ley 1857 de 2017)

Un ejemplo claro de estos esfuerzos de parte del Estado ha sido el programa “De cero a siempre” (que beneficia a 2’875.000 niños y niñas del Sisbén 1, 2 y 3), promovido por el Gobierno del Presidente Juan Manuel Santos Calderón a través de la Ley 1804 del 2 de agosto de 2016, que ofrece una atención integral a la primera infancia garantizando la protección, la nutrición y la educación inicial desde el momento de la gestación hasta los cinco años.

Flexibilización de horarios laborales

La ley otorga la facultad a los empleadores de adecuar los horarios y las condiciones de trabajo para facilitar el acercamiento del trabajador con los miembros de su familia, en aras de que este, a su vez, atienda sus deberes de protección y acompañamiento a su cónyuge, compañera(o) permanente, a sus hijos menores, a las personas de la tercera edad de su grupo familiar o a sus familiares dentro del tercer grado de consanguinidad que lo requieran, también a los miembros de su familia que se encuentren en condición de discapacidad o dependan de él.

Espacio familiar cada semestre

“Si el empleador no gestiona dicho espacio durante el semestre, debe permitírselo al trabajador sin que se afecten los días de descanso, acordándose luego un horario complementario entre las partes”

Se obliga al empleador a gestionar una jornada semestral en la que sus trabajadores puedan compartir con sus respectivas familias en un espacio suministrado por el empleador o por la caja de compensación familiar. Si el empleador no gestiona dicho espacio durante el semestre, debe permitírselo al trabajador sin que se afecten los días de descanso, acordándose luego un horario complementario entre las partes.

Responsabilidad de los operadores de telecomunicaciones con la familia

El día de la familia, que se celebra el 15 de mayo de cada año, será también el “día sin redes”, ¡pero tranquilos!, ese día no se suspenderán los servicios de internet y usted podrá seguir visitando este portal, es solo que la ley obliga a estos operadores a promover mensajes durante ese día que inviten a los usuarios a “un uso responsable de todos los medios digitales, adviertan los riesgos que conllevan y a dedicarle tiempo de calidad, a los miembros de su familia” (Artículo 4 de la Ley 1857 de 2017).

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