Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Fusión: estados financieros que hay que utilizar


Fusión: estados financieros que hay que utilizar
Actualizado: 30 septiembre, 2015 (hace 9 años)

Los efectos de la fusión se verán reflejados en los estados financieros de le entidad que absorbe a la otra; si el proceso se hace antes de la elaboración del ESFA, se puede hacer uso de la exención de la NIIF 3.

Resolvamos brevemente la siguiente consulta de uno de nuestros usuarios: ¿Cuál es el estado de situación financiera de apertura, individual y consolidado que se debe tomar para una fusión de empresas del Grupo 1 que se dio en septiembre del 2014?

Suponiendo que esta es una empresa que desde el inicio se clasificó en el Grupo 1 y, por tanto, elaboró su estado de situación financiera el 1 de enero del año 2014, a esa fecha había dos empresas, la A y la B y no tenían ninguna relación entre ellas, eran empresas totalmente separadas e independientes; A y B cada una elaboró su propio ESFA el 1 de enero del año 2014 y empezó a trabajar su año de transición.

Más adelante en septiembre, los dueños de A le proponen compra a los dueños de B, y se realiza un proceso de fusión para hacer una sola compañía; en esa fecha se generan unos estados financieros combinados.

La pregunta habla de fusión, quiere decir que no sobrevivieron las dos empresas, sino que se conserva una sola entidad; a partir de esa fecha, septiembre del 2014, como ya estaban en año de transición para NIIF, hacen la medición de la adquisición como lo dice la Sección 19 de la NIIF para pymes sobre combinaciones de negocios, allí miden los activos adquiridos, miden la plusvalía e incorporan toda esa operación en una sola entidad reportante, eso se llama combinación de negocios.

De ahí en adelante se seguirá con un solo estado financiero de la entidad que absorbió a la otra y esa será la que siga reportando.

El estado de situación financiera que tendrá validez para la posterior presentación de informes comparativos, será el que tenía la entidad adquiriente el 1 de enero del 2015; luego va a haber un estado combinado que generará una revelación en la que se indicará que en septiembre del 2014 se realizó una fusión empresarial y el 31 de diciembre del 2014 se generará un estado financiero comparable con el combinado y con el estado de situación financiera de apertura.

Este caso que se trata de una empresa del Grupo 1, deberá atenderse a lo que indica la NIIF 3 que habla de combinaciones de negocios.

Ahora bien, si la combinación de negocios se hubiera llevado a cabo antes del balance de apertura, hay una exención que se puede aplicar, que está en la NIIF 3 y corresponde a dejar la combinación tal como fue medida; si tiene información disponible, lo que puede hacerse es revisar la combinación y hacer la nueva medición, pero la NIIF 1 de adopción por primera vez en plenas, permite que una combinación de negocios realizada antes del ESFA se deje tal y como está, si su medición va a generar un costo o esfuerzo desproporcionado.

Material Relacionado:

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,