Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ganancias ocasionales para sociedades y entidades nacionales extranjeras


Ganancias ocasionales para sociedades y entidades nacionales extranjeras
Actualizado: 28 noviembre, 2022 (hace 1 año)

La reforma tributaria modificó varías de las disposiciones sobre las ganancias ocasionales que serán aplicables desde el año gravable 2023, entre ellas la tarifa de ganancias ocasionales para las sociedades nacionales y extranjeras.

Conoce a continuación todos los detalles en este editorial.

La Ley 2277 de 2022 modificó el tratamiento tributario para las ganancias ocasionales, entre los cambios se evidencia una modificación a la tarifa del impuesto de ganancias ocasionales para las sociedades y entidades nacionales y extranjeras. Abordaremos este tema a continuación.

El artículo 32 de la reforma tributaria modificó el artículo 313 del Estatuto Tributario así:

Artículo 313 de la reforma tributariaTexto de la reforma tributariaTexto antes de la reforma tributaria
Fíjase en quince por ciento (15 %) la tarifa única sobre las ganancias ocasionales de las sociedades anónimas, de las sociedades limitadas, y de los demás entes asimilados a unas y otras, de conformidad con las normas pertinentes. La misma tarifa se aplicará a las ganancias ocasionales de las sociedades extranjeras de cualquier naturaleza y a cualesquiera otras entidades extranjeras.Fíjase en diez por ciento (10 %) la tarifa única sobre las ganancias ocasionales de las sociedades anónimas, de las sociedades limitadas, y de los demás entes asimilados a unas y otras, de conformidad con las normas pertinentes. La misma tarifa se aplicará a las ganancias ocasionales de las sociedades extranjeras de cualquier naturaleza y a cualesquiera otras entidades extranjeras.

Aumento de tarifa general de ganancias ocasionales para sociedades

“a partir del año gravable 2023 la tarifa única de ganancias ocasionales para las sociedades será de 15 %, sean estas nacionales o extranjeras”

Como se comentó, el artículo 32 de la Ley 2277 de 2022 modificó el artículo 316 del Estatuto Tributario, estableciendo que a partir del año gravable 2023 la tarifa única de ganancias ocasionales para las sociedades será de 15 %, sean estas nacionales o extranjeras, lo que significa un aumento de 5 puntos porcentuales en dicha tarifa respecto al año gravable 2022:

Tarifa general de ganancias ocasionales para sociedadesTarifa de la reforma tributariaTarifa antes de la reforma tributaria
15 %10 %

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