Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Garantías vitalicias: cómo reconocerlas bajo NIIF


Garantías vitalicias: cómo reconocerlas bajo NIIF
Actualizado: 15 abril, 2015 (hace 9 años)

Las garantías deben estimarse periódicamente, para determinar en cada fecha de cierre si se conservan en el pasivo o si se puede dar de baja contra el Estado de Resultado; si bien es cierto que se está hablando de una garantía de por vida, no implica lo mismo con respecto a la provisión.

Es habitual que muchas organizaciones colombianas, productoras de bienes, establezcan como estrategia de ventas y ofrezcan a sus clientes, diferentes tipos de garantías de calidad, que trasmiten al comprador un nivel de seguridad en cuanto al producto que adquiere; existen empresas que fabrican mercancías de tal nivel de duración y calidad que les es posible ofrecer garantías vitalicias, y al respecto, surge la pregunta de cuál es la forma correcta de reconocer dicha realidad y, por tanto, de efectuar la provisión del costo de dicha garantía o cómo puede la empresa reconocer la posibilidad contingente de que un cliente realice la respectiva reclamación.

Pues bien, este es un tema que tiene algunos cambios importantes con la implementación de las Normas Internacionales de Información Financiera –NIIF– y se encuentra en dos partes: una, en la misma Norma Internacional de Contabilidad –NIC– 38 o en la Sección 18 de la NIIF para pymes que abordan el tema de los activos intangibles y que son las que hablan de todo el tema de provisión por garantía; y otra, que se encuentra en la NIC 18 y en la Sección 23 de la NIIF para pymes que hablan de ingresos de actividades ordinarias y también hacen alusión al tema de las garantías en lo que tiene que ver con la separación del ingreso en sus diversos componentes.

“una obligación del vendedor a responder por el funcionamiento satisfactorio o por cumplir las expectativas con un determinado producto o servicio”

Para hablar un poco del tema de las garantías y qué manejo darle bajo NIIF, hay que definir en primera instancia qué son las garantías; estas son una obligación del vendedor a responder por el funcionamiento satisfactorio o por cumplir las expectativas con un determinado producto o servicio.

Es común encontrar en el mercado, estrategias publicitarias en las que se informa que “si no le gusta o no le funciona bien un artículo se le devuelve el dinero”, “úselo, y si el producto no tiene estos efectos entonces le devolvemos el dinero”; estas son garantías, y existen algunas que son de por vida; se encuentran en muchos elementos relacionados con herramientas, maquinarias, ollas, cerámicas, elementos de equipamiento para baños, etc., y el tratamiento que se da a estos artículos se basa en que como la garantía es una obligación del vendedor, éste debe responder por lo que ha garantizado, lo cual configura una obligación que cumple con la definición de pasivo: una obligación presente, derivada de hechos pasados, de la cual se espera que en el futuro sea necesario hacer desembolsos de recursos que involucran beneficios.

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La empresa, al momento de vender, se obliga a responder por el producto, y el tratamiento de reconocimiento financiero de su garantía vitalicia tiene dos posibilidades:

Primero, tiene que ver con reconocerla como provisión, para lo cual deberá valerse de estadísticas y datos históricos de ventas que le permitan determinar el promedio de productos vendidos y de reclamaciones por garantía recibidas durante un período; de esta forma, si por ejemplo la empresa determina que de cada 100 artículos vendidos, 2 son devueltos por garantía; lo que deberá hacerse es que de cada 100 artículos que se vendan, se reconocerá el costo de dos artículos como provisión de garantía; esa provisión es un gasto con impacto en el Estado de Resultados y con contrapartida en el pasivo, lo que representa una menor ganancia, pero sin salidas efectivas de recursos, puesto que el dinero sigue en poder de la compañías y deben estar disponibles para cubrir la solicitud de algún posible cliente que realice una reclamación por garantía.

Segundo, es posible reconocer la garantía vitalicia como un menor valor del ingreso; estos casos son mucho menos frecuentes y se presentan cuando se puede establecer por cada unidad vendida, un costo de garantía futura. En algunas ocasiones se podrá establecer confiablemente que cada artículo vendido se tendrá que gastar X% atendiendo su garantía; si para la empresa es posible realizar dicho cálculo, identificando el costo de cada garantía en cada unidad de producto terminado y vendido, dicho valor calculado se puede reconocer como menor valor del ingreso, y la parte correspondiente a la garantía se reconocería como un ingreso recibido por anticipado.

“que la garantía sea de por vida no implica que con la provisión deba ocurrir lo mismo”

Si según la experiencia de la compañía, se determina que las garantías son muy eventuales o en un número muy reducido, entonces simplemente se realiza el respectivo cálculo estadístico para determinar la probabilidad de que esos artículos, productos o servicios vendidos se devuelvan, y ese valor obtenido se reconocerá como pasivo por garantía. La garantía tendrá que ser estimada periódicamente, al menos en cada fecha de cierre, para establecer si todavía se debe conservar en el pasivo o si se puede dar de baja contra el Estado de resultado, porque si bien es cierto que se está hablando de una garantía de por vida, la estadística dirá en cuántos años se suelen tener devoluciones de ese producto; entonces que la garantía sea de por vida no implica que con la provisión deba ocurrir lo mismo; según la estimación de la entidad esa provisión se deberá dar de baja cuando se estime conveniente –por estudios debidamente respaldados– o cuando ya haya sido utilizada por el cliente.

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