Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Gasodomésticos: observaciones que debe tener en cuenta si los tiene o quiere tener en su hogar


Gasodomésticos: observaciones que debe tener en cuenta si los tiene o quiere tener en su hogar
Actualizado: 19 noviembre, 2009 (hace 14 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Lo primero: Los riesgos de los gasodomésticos
  • ¿Quiénes deben evitar dichos riesgos?
  • Cualquiera no puede manipularle sus tuberías ni sus gasodomésticos
  • Si hay algún tipo de defecto, está prohibido que le suministren gas
  • Por último, tengamos en cuenta estas 8 recomendaciones que nos da la Superintendencia de Industria y Comercio si tenemos o queremos tener gasodomésticos.

Indudablemente el gas domiciliario ha reducido los gastos en servicios públicos y gracias a esto más hogares están adecuando sus inmuebles y adquiriendo más gasodomésticos, por ello, es importante saber como usuario que tenemos unos derechos para exigir calidad y sobretodo seguridad.

Lo primero: Los riesgos de los gasodomésticos

Sin lugar a dudas los gasodomésticos representan un ahorro de energía y por ende en el consumo de la misma reflejado en el recibo de los servicios públicos, por supuesto que la indebida manipulación genera riesgos como: explosión, incendio, intoxicación o asfixia generados por la presencia no controlada de gases combustibles y tóxicos producto de fugas en las tuberías, insuficiente ventilación de los lugares en los cuales estén instalados o funcionando los gasodomésticos, el inadecuado diseño, reparación, mantenimiento o funcionamiento de las instalaciones o artefactos.

¿Quiénes deben evitar dichos riesgos?

Tanto la empresa distribuidora del gas domiciliario, como el constructor de las obras, los instaladores, los fabricantes de los gasodomésticos y claro, el usuario final.

De tal manera que a través de la Resolución 14471 de 2002, la Superintendencia de Industria y Comercio impone unos requisitos de calidad e idoneidad que deben tenerse en cuenta en las nuevas construcciones o en las modificaciones de las instalaciones internas de gas en una casa o edificio y con ello, evitar fugas de gas o las adecuaciones que permitan la ventilación y evacuación de gases y evitar acumulación de monóxido de carbono que es tóxico. Asimismo, fija unos parámetros para la calificación e idoneidad de los instaladores tuberías internas y externas de gas domiciliario.

Cualquiera no puede manipularle sus tuberías ni sus gasodomésticos

Las disposiciones de la Superintendencia de Industria y Comercio, tanto los constructores de instalaciones de gas domiciliario, como cualquier otro instalador particular, debe obtener un Certificado expedido por la Superintendencia, que lo acredite como técnico para ese tipo de instalaciones.

Recuerde: Cuando vayan a realizar algún tipo de manipulación en sus instalaciones de gas domiciliario, exija que los técnicos que van a realizar dicha labor, exhiban dicha acreditación expedida por la Superintendencia, pues este es un derecho que usted tiene.

Si hay algún tipo de defecto, está prohibido que le suministren gas

Si los técnicos detectan que hay algún tipo de defecto en sus instalaciones de gas o incluso que un gasodoméstico pueda tener alguna fuga o mala ventilación, es legal que le suspendan el suministro hasta cuando no quede debidamente solucionado el problema, no se enoje si eso le pasa, pues le están salvado su vida y la de su familia.

Si por el contrario, con dicho defecto se llega a suministrar gas, se puede poner en conocimiento de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios para que investigue e incluso sancione a la distribuidora de gas y a la Superintendencia de Industria y Comercio para que investigue e inclusive sancione al constructor de la instalación y a las demás entidades que fallaron.

Por último, tengamos en cuenta estas 8 recomendaciones que nos da la Superintendencia de Industria y Comercio si tenemos o queremos tener gasodomésticos.

  • Solicite al constructor de la instalación el certificado de conformidad expedido por un organismo de inspección acreditado o habilitado por la SIC.
  • Toda persona que construye o modifica la instalación de gas, o instala un gasodoméstico debe tener el certificado de competencia laboral, expedido por el SENA o un organismo acreditado por la SIC.
  • Siempre que se modifica o amplía la instalación inicial, debe obtenerse un nuevo certificado de conformidad e informar esta circunstancia al distribuidor.
  • La revisión de las instalaciones debe efectuarse periódicamente y, en ningún caso, superar los 5 años
  • Los artefactos deben instalarse en recintos suficientemente ventilados y mantenerse permanentemente dichas condiciones.
  • Está prohibida la instalación de artefactos eléctricos convertidos a gas.
  • Efectúe el mantenimiento preventivo periódico de los artefactos, de acuerdo con las recomendaciones del fabricante.
  • Para mayor seguridad, puede instalar detectores domésticos de gases combustibles

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