Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Giros de ingreso solidario no pueden tener descuentos bancarios


Actualizado: 13 abril, 2020 (hace 4 años)

Superfinanciera advirtió a establecimientos de crédito y sociedades especializadas de depósitos y pagos electrónicos que no pueden realizar descuentos por comisiones y tarifa a giros de Ingreso Solidario.

A través de la Circular Externa 015 del 11 de abril de 2020, la entidad advirtió que debido a la necesidad de la población beneficiaria de este programa, es una práctica ilegal cobrar cualquier comisión o tarifa por el retiro.

Así, los beneficiarios no verán afectado el valor del giro de los recursos como consecuencia de la aplicación de descuentos.

«El incumplimiento de esta prohibición acarreará a las entidades vigiladas por esta Superintendencia las sanciones administrativas establecidas en el artículo 208 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, sin perjuicio del proceso de reintegro del dinero que deberá realizarse en las condiciones definidas en la instrucción cuarta de la presente circular», indica la circular.

Recordó que los recursos de las transferencias del programa Ingreso Solidario son inembargables y no podrán abonarse a ningún tipo de obligación del beneficiario con la entidad financiera a través de la cual se disperse la transferencia monetaria no condicionada.

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