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Gobierno efectuó grandes cambios a la autorretención del CREE y aclaró su liquidación anual


Gobierno efectuó grandes cambios a la autorretención del CREE y aclaró su liquidación anual
Actualizado: 6 enero, 2014 (hace 10 años)

El Gobierno modificó mediante Decreto 3048 de 2013 y 014 de 2014 (que deroga el 3029 del 27 de diciembre de 2013) varios artículos del Decreto 1828 de agosto de 2013, estableciendo un aumento aplicable a partir de enero 1 de 2014 en todas las tarifas de autorretención del CREE compensando el hecho de que a partir de enero de 2014 los sujetos al CREE dejarán de pagar los aportes como empleadores a las EPS. También modificó el Decreto 2701 de 2013 para indicar que en la declaración anual del CREE sí se podrán restar las “expensas necesarias” del art. 107 del E.T.

La Cita (haz click en la imagen para ampliar)

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El pasado 27 de diciembre de 2013 el Gobierno Nacional expidió dentro de su paquete de normas de fin de año los decretos 3029 y 3048 a través de los cuales se modificaron los arts. 2, 3, 4 y 6 del Decreto 1828 de agosto 27 de 2013 que reglamenta el tema de las autorretenciones mensuales y/o cuatrimestrales a título del CREE y modificó el numeral 4 del art.3 del Decreto 2701 de noviembre 22 de 2013, reglamentario de las partidas con que se puede afectar la depuración del impuesto anual del CREE.

A raíz de que el Decreto 3029 de diciembre 27 de 2013 el cual modificaba las tarifas de autorretención del CREE a partir de enero de 2014 no fue publicado en el diario oficial de dicha fecha , ni en ninguno de los otros diarios que se alcanzaron a expedir hasta diciembre 31, el Gobierno mediante nuevo Decreto 014 de enero 9 de 2014, el cual sí fue publicado en el diario oficial de enero 9 de 2014 deroga el Decreto 3029 y vuelve a reexpedir la tabla con las nuevas tarifas de autorretención del CREE que aplicarían a partir del 9 de enero de 2014.

En consecuencia, entre enero 1 y 8 de 2014 se tendrían que haber calculado las autorretenciones con las antiguas tarifas.

A continuación pasamos a destacar y comentar los más importantes de todos estos cambios.

Los grandes cambios al Decreto 1828 de 2013: Autorretenciones del CREE

En el caso de las modificaciones al Decreto 1828 de 2013 (varias de las cuales se habían anunciado desde octubre 31de 2013 a través de un “proyecto de decreto”), el Gobierno terminó efectuando los siguientes grandes cambios:

1. A causa de que el art. 31 de la Ley 1607 de 2012 y el art. 7 del Decreto 1828 de agosto de 2013 disponen que a partir de enero de 2014 los entes jurídicos sujetos al CREE (y hasta las personas naturales con 2 o más trabajadores) podrán empezar a ahorrarse el valor de los aportes que como empleadores realicen a las EPS sobre la parte salarial de los pagos realizados a trabajadores cuyo total devengado en el mes (incluyendo parte salarial y parte no salarial) no supere el equivalente a 10 salarios mínimos mensuales (algo respecto a lo cual los operadores de PILA ya dijeron que se aplica desde los aportes de la nómina de diciembre de 2013 que se pagan en enero de 2014), el gobierno consideró necesario elevar a partir de enero 1 de 2014 todas las tarifas de autorretención del CREE mencionadas en la tabla del art. 2 del decreto 1828(ver art. 1 del Decreto 3029 de dic. 27 de 2013 el cual cambia toda la tabla del art. 2 del Decreto 1828).

Por consiguiente, los entes jurídicos sujetos al CREE que venían practicándose autorretención con tarifa del 0,3% ahora lo realizarán con tarifa del 0,4%.

Quienes venían practicándose autorretención con tarifa del 0,6% ahora lo harán con tarifa del 0,8% (con excepción de aquellos dedicados a las telecomunicaciones, actividades económicas 6110,6120,6130 y 6190, pues para ellos se eleva de 0,6% al 1,6%). Y quienes venían practicándose autorretención con tarifa del 1,5% ahora lo harán con tarifa del 1,6%. Al respecto debe recordarse que según el art. 24 de la Ley 1607 de 2012, todos los dineros que se recauden a lo largo del año por concepto de las autorretenciones del CREE, y también el dinero que al final del año se recaude con la declaración anual del CREE, tienen destinación exclusiva a favor del SENA, ICBF y ahora también para las EPS (incluso, y solo entre los años 2013 a 2015, una parte también se destina a las universidades públicas, el SISBEN y el sector agropecuario).

2. Con el art. 1 del Decreto 3048 de dic. 27 de 2013 se modificó también el parágrafo 3 del art. 2 del Decreto 1828 de forma que las entidades administradoras de los fondos de inversión colectiva cuenten de ahora en adelante con plazo hasta el quinto día hábil del mes siguiente (y no hasta “el primer día hábil” como decía inicialmente la norma) para certificarle a los participes de dichos fondos cuánto de los valores redimidos durante el mes correspondían a redención de aportes y cuánto a utilidades ganadas. En el instante en que reciban esa certificación entonces los partícipes que sean sujetos al CREE procederán a practicarse la autorretención del CREE solo sobre la parte que corresponda a utilidades ganadas.

3. Con el art. 2 del Decreto 3048 de dic. 27 de 2013 se agregó un nuevo parágrafo 4 al art. 3 del Decreto 1828 para aclarar uno de los grandes vacíos que se tenían en la norma desde cuando fue expedida y que ya antes habíamos tenido oportunidad de comentar. En efecto, ahora con ese nuevo parágrafo se deja en claro que los entes jurídicos sujetos al CREE que inician apenas sus vidas jurídicas durante un año gravable cualquiera (es decir, se constituyen durante dicho año) y que por obvias razones no tienen entonces ingresos brutos “en el año anterior”, para ellos la periodicidad de sus declaraciones de autorretención del CREE será cuatrimestral durante ese primer año (eso mismo quedó también ratificado en el parágrafo 4 del art. 36 del Decreto 2972 de diciembre 20 de 2013 el cual contiene los plazos para declaraciones de autorretención del CREE mensuales y cuatrimestrales durante el 2014).Además, y sabiendo que esta aclaración a la norma del Decreto 1828 está llegando tarde y que por tanto muchos entes jurídicos constituidos durante el 2013 quizás se pusieron innecesariamente a presentar sus declaraciones de autorretención del CREE en forma mensual durante los periodos de septiembre a noviembre de 2013, entonces el art. 5 del Decreto 3048 de dic. 27 de 2013 les indica que esas declaraciones no se tendrán por validas pero que los valores allí cancelados sí se podrán tomar como abono al valor que deban liquidarse en la declaración cuatrimestral que en verdad les correspondía (otro ejemplo más de los traumas que se provocan por no reglamentar las normas bien desde el comienzo; en eso el gobierno tiene toda la culpa y es algo que también le pasó cuando solo en agosto de 2013, y con  los arts. 23 a 26 del decreto 1794, reglamentaron la presentación de declaraciones bimestrales, cuatrimestrales y anuales del IVA).Al respecto, vale la pena destacar que la primera declaración cuatrimestral de autorretención del CREE que se está a punto de presentar es la del cuatrimestre sep.-dic. de 2013 (según el art. 3 del decreto 1828 se vencerá entre era el 10 y el 23 de enero de 2014) pero la DIAN aun no ha expedido la resolución con la cual se termine modificando la estructura del formulario 360 que se viene usando desde mayo de 2013 y que es un formulario que hasta ahora solo está diseñado para declaraciones de corte mensual pero no tiene casillas para informar que se lo estaría utilizando para una declaración “cuatrimestral”. Eso es algo que entonces se tiene que ajustar dentro de muy poco pero que lo hemos advertido desde que recién se expidió el Decreto 1828 en agosto de 2013.

4. Con el art.3 del Decreto 3048 de dic. 27 de 2013 se modificó el numeral 6 del art. 4 del Decreto 1828 y se agregó un nuevo numeral 8 al mismo artículo. El numeral 6 es el que regula que en el caso de los servicios de aseo, vigilancia y  temporales de empleo que se mencionan en el art. 462-1 del ET. , y que sean prestados por entes jurídicos que sí sean sujetos al CREE, la autorretención del CREE solo se hace sobre la misma base que se usa para generar el IVA, es decir, solo sobre el AIU. Pero la versión inicial de ese numeral 6 transmitía el mensaje equivocado de que hasta las cooperativas y sindicatos, los cuales sí están mencionados en el art. 462-1 pero solo para efectos de hacerlos responsables del IVA, también se tendrían que practicar autorretención del CREE lo cual es algo totalmente equivocado pues ellos son entes jurídicos sin ánimo de lucro y por tanto nunca serán sujetos del CREE y nunca se tienen que autorretener el CREE (este error en la versión inicial de la norma del decreto 1828 fue incluso admitido por la DIAN en los conceptos 072383 de nov. 13 de 2013 y 073048 de nov. 15 de 2013«) . Entonces, en la nueva versión del numeral 6 del art. 4 del Decreto 1828 se corrige esa equivocada redacción y ya no se menciona para nada la idea de que una cooperativa o un sindicato se tenga que terminar practicando autorretenciones del CREE. Además, con el nuevo numeral 8 que se agregó al art. 4 del decreto 1828 se indica que FOGAFIN, quien según el art. 19-3 del E.T. es un ente jurídico sujeto al impuesto normal de renta y por tanto también sujeto al CREE, a partir de enero de 2014 ya no se siga practicando la autorretención del CREE sobre los tipos de ingresos específicos que recibe y que están mencionados en el art. 19-3 del E.T. (entre esos ingresos figuran los dineros que les transfiera la Nación para el saneamiento de la banca pública).

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5. Con el art. 4 del Decreto 3048 de dic. 27 de 2013 se agregó un nuevo parágrafo 4 al artículo 6 del Decreto 1828 y con el cual se corrige otro de los vacíos que también tenía la versión inicial de la norma. En efecto, y por causa de que entre mayo y agosto de 2013 (según lo disponía el ya derogado Decreto 862 de abril de 2013) existió tanto la retención del CREE como la autorretención del CREE pero luego, a partir de septiembre de 2013, solo quedó existiendo la autorretención del CREE, eso entonces llevó al problema de no saber qué hacer cuando después de agosto de 2013 algún sujeto pasivo al que le hicieron retenciones del CREE entre mayo y agosto se presentase ante un agente de retención a solicitar que le devolvieran las retenciones del CREE que le practicaron en exceso o porque se anuló la operación. En efecto, como a partir de septiembre de 2013 solo quedó existiendo la autorretención, en ese caso la solicitud de devolución de «retenciones» practicadas a otros entre mayo y agosto de 2013 no se podrían restar de los valores por «autorretenciones» pendientes de consignar a la Dian (las «autorretenciones» se las practica el sujeto pasivo del CREE sobre sus propios ingresos mientas que las «retenciones» se las practicó entre mayo y agosto a los ingresos de otros sujetos del CREE). Incluso, algunos que fueron agentes de retención entre mayo y agosto de 2013 (por ejemplo fundaciones, copropiedades, entidades públicas y hasta personas naturales comerciantes), todos ellos a partir de septiembre de 2013 no son autorretenedores del CREE y por tanto ni siquiera tienen tampoco un pasivo de «autorretenciones del CREE» en el cual puedan pensar en debitar esas devoluciones de retenciones practicadas a los sujetos al CREE entre mayo y agosto de 2013. ¿Dónde entonces se pueden debitar las devoluciones de retenciones practicadas por CREE entre los meses de mayo hasta agosto de 2013 pero que son devoluciones que se están solicitando después de septiembre de 2013?. Pues el nuevo parágrafo 4 agregado al art. 6 del decreto 1828 les está diciendo que pueden debitar del pasivo de retenciones a título de renta o de IVA que tengan por presentarle y pagarle a la DIAN. Con eso se evitan entonces el tener que estar formando técnicamente esos “saldos a favor” (saldos débitos) en un pasivo de retenciones del CREE  y que era un “saldo a favor” que nunca iba a desaparecer porque nunca más iban a practicar nuevas retenciones del CREE.

Contados hasta aquí: ¿cuántos errores o vacíos jurídicos tenía entonces la versión inicial del Decreto 1828?…Definitivamente al Ministerio de Hacienda no le fue bien durante el 2013 con sus reglamentaciones a los cambios introducidos con la Ley 1607.

El cambio al Decreto 2701 de noviembre de 2013: depuración de la base gravable en la declaración anual del CREE

Después del alboroto que se originó con la versión inicial del numeral 4 del art. 3 del Decreto 2701 de noviembre 22 de 2013 (ya que con dicha versión se entendía que en la declaración anual del CREE no se podrían restar entonces las “expensas necesarias” mencionadas en el art. 107 del E.T. y que sí se restan en el impuesto normal de renta, es decir, que no se podrían restar en el CREE gastos tan genéricos y necesarios como un “arrendamiento”, o un “servicio público” o unos “honorarios, etc., etc.), el gobierno tuvo que entrar entonces, como ya lo habíamos vaticinado,  a modificar dicho numeral con el art. 6 de su Decreto 3048 de diciembre 27 de 2013 

Para entender de qué forma se produce el cambio en la norma, veamos entonces las versiones de ese numeral 4 del art. 3 del Decreto 2701 de nov. 22 de 2013:

Versión inicial

Nueva versión luego del cambio que se le efectuó con el art. 6 del decreto 3048 de dic. de 2013

Artículo 3. Base gravable del Impuesto sobre la Renta para la Equidad – CREE. La base gravable del Impuesto sobre la Renta para la Equidad – CREE se determina así: De la totalidad de los ingresos brutos realizados en el año o periodo gravable, susceptibles de incrementar el patrimonio, sin incluir las ganancias ocasionales, se restarán únicamente:1…2..3…4. .Las deducciones de los artículos 109 a 117, 120 a 124, 126-1, 127-1, 145, 146, 148, 149, 159, 171, 174 Y 176 del Estatuto Tributario, siempre que cumplan con los requisitos de los artículos 107 Y 108 del Estatuto Tributario, así como las correspondientes a la depreciación y amortización de inversiones previstas en los artículos 127,128 a 131-1 y 134 a 144 del Estatuto Tributario.Estas deducciones se aplicarán con las limitaciones y restricciones de los artículos 118, 124-1, 124-2. 151 a 155 y 177 a 177-2 del Estatuto Tributario.5..Par. 1…Par. 2… Artículo 3. Base gravable del Impuesto sobre la Renta para la Equidad – CREE. La base gravable del Impuesto sobre la Renta para la Equidad – CREE se determina así: De la totalidad de los ingresos brutos realizados en el año o periodo gravable, susceptibles de incrementar el patrimonio, sin incluir las ganancias ocasionales, se restarán únicamente:1…2..3…4. .Las deducciones de los artículos 107 a 117, 120 a 124, 126-1, 127-1, 145, 146, 148, 149, 159, 171, 174 Y 176 del Estatuto Tributario, siempre que cumplan con los requisitos de los artículos 107 Y 108 del Estatuto Tributario, así como las correspondientes a la depreciación y amortización de inversiones previstas en los artículos 127, 128 a 131-1 y 134 a 144 del Estatuto Tributario.Estas deducciones se aplicarán con las limitaciones y restricciones de los artículos 118, 124-1, 124-2. 151 a 155 y 177 a 177-2 del Estatuto Tributario.5..Par. 1…Par. 2…

(las negrillas y subrayados son nuestros)

Como se puede observar, era solo cuestión de corregir un número (el “109” por el “107”) y de esa forma las “expensas necesarias” a las que ya nos hemos referido y que se regulan en el art. 107 del E.T. sí se podrán restar en la base gravable del CREE. Además, como el cambio que se efectuó al Decreto 2701 es un cambio que se produjo antes de dic. 31 de 2013, y el CREE es un impuesto que se consolida justamente en dic. 31, es por eso que esta nueva versión con que quedó el numeral 4 del art. 2701 se puede aplicar perfectamente para la propia declaración del CREE año gravable 2013.

Adicionalmente, si todo se solucionaba con corregir un solo número, podríamos asumir entonces que en la norma superior contenida en el art. 22 de la Ley 1607 (en la cual sí se sigue leyendo “arts. 109 a 118” y a cuya redacción se sujetaba la versión inicial que tuvo el numeral 4 del art. 3 del Decreto 2701) lo que quizás les sucedió a los congresistas en diciembre de 2012 cuando la estaban aprobando es que por un simple yerro mecanográfico escribieron  “109” en lugar de “107” y ahora el gobierno entonces corrige el entendimiento de la norma con la nueva redacción que le dieron al numeral 4 del art. 3 del decreto 2701.

Pero si no se trató de un yerro mecanográfico de los congresistas que aprobaron la norma superior, y por tanto el gobierno con la nueva versión del decreto 2701 termina excediendo a la  norma superior ayudando a que los contribuyentes rebajen más la base del CREE con las expensas necesarias, entonces los únicos que podrían protestar son las entidades como el SENA, el ICBF y las EPS pues al rebajarse más la base del CREE entonces dejarán de recibir más recursos. Como sea, mientras la norma del decreto 2701 sigua vigente así como ha quedado modificada, todos los declarantes del CREE se podrán beneficiar de poder restar las expensas necesarias.

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