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Gobierno expidió decreto que regula el trabajo remoto


Actualizado: 12 abril, 2022 (hace 2 años)

El Ministerio del Trabajo expidió el Decreto 555 de 2022, el cual establece la vinculación laboral mediante el trabajo remoto.

Mediante el Decreto 555 del 9 de abril de 2022, el presidente de la República, Iván Duque y el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera expidieron la reglamentación de la Ley 2069 de 2020, Ley de Emprendimiento y de la Ley 2121 de 2021, Ley de Trabajo Remoto.

En esta modalidad, el empleador y trabajador no interactúan físicamente, desde su inicio hasta su terminación, se realiza de manera remota mediante la utilización de tecnologías de la información y las telecomunicaciones u otro medio.

El ministro del trabajo dijo que “Con el Trabajo Remoto, el empleado no debe asistir a las instalaciones de la empresa ni siquiera en la etapa precontractual, el contrato se debe suscribir a través de firma electrónica, conforme lo dispuesto en el Decreto 526 del 19 de mayo de 2021”.

De igual manera, el oficio establece que el trabajador puede ser citado en 3 eventos particulares: (i) verificación de los estándares que deben cumplir las herramientas y los equipos de trabajo, (ii) cuando se requiera instalar o actualizar manualmente en los equipos de trabajo algún tipo de software, programa, aplicación o plataforma y (iii) para adelantar el proceso sancionatorio o disciplinario.

El jefe de la cartera laboral afirmó que dentro de la reglamentación se tuvieron en cuenta el 50 % de los comentarios presentados por los ciudadanos, tales como, fijar de mutuo acuerdo, el costo del auxilio mensual que compensará los costos de internet, telefonía y energía, fijar de mutuo acuerdo, el valor mensual de compensación por el uso de las herramientas de trabajo del trabajador y acordar la posibilidad de desarrollar la labor contratada a través de horarios flexibles, siempre y cuando se dé cumplimiento a la jornada laboral semanal.

Finalmente, algunos cargos que pueden ser ejecutados de manera virtual a lo largo de la relación laboral mediante el contrato remoto son: Desarrollador de software (Desarrollador Back end, front end, QA), agente de Call Center, analista de datos, Community Manager, diseñador web, editor de contenido, profesor o tutor virtual, traductor o intérprete, entre otros.

Fuente: Ministerio del Trabajo.

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