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Gobierno flexibiliza requisitos del subsidio pensional



Actualizado: 9 junio, 2026 (hace 1 mes)

Se reduce la exigencia de 500 a 300 semanas cotizadas para las personas en condición de discapacidad para acceder al subsidio pensional.

El Ministerio del Trabajo expidió el Decreto 0543 de 2026 modificando disposiciones de la normativa vigente que regula el Programa de Subsidio al Aporte en Pensión -PSAP-, subsidio pensional, con el fin de actualizar y ampliar su cobertura, en línea con los criterios fijados por la Corte Constitucional.

A partir del Decreto 1833 de 2016, se fijaron requisitos generales para que las personas pudieran acceder al subsidio al aporte en pensión. A pesar de lo anterior, de conformidad con lo analizado por la Corte en la Sentencia T-294 de 2025, la regulación realizada era desproporcionada, pues no establecía condiciones especiales para personas que requerían un mayor grado de protección.

Bajo este contexto, en el Decreto 0543 se reduce la exigencia de 500 a 300 semanas cotizadas para las personas en condición de discapacidad para acceder al subsidio, en atención a las dificultades de inserción y permanencia laboral que enfrenta esta población.

De la misma manera, con la norma se actualizan los requisitos de acceso para distintos grupos poblacionales, entre ellos trabajadores independientes, desempleados, agentes educativos FAMI, así como ediles y concejales de municipios de categorías 4, 5 y 6. Lo anterior, siempre que se acrediten condiciones de vulnerabilidad económica, una afiliación al sistema de salud y el cumplimiento de requisitos específicos según cada grupo beneficiario.

Así mismo, el decreto amplía las causales de pérdida del subsidio. Entre ellas, establece que el incumplimiento del aporte personal durante seis meses continuos genera la pérdida del beneficio, además de incorporar como nueva causal el cumplimiento de las semanas requeridas para acceder a la pensión de vejez o a la garantía de pensión mínima.

Por otra parte, se dispone la reapertura de afiliaciones para trabajadores independientes, rurales y desempleados mayores que cumplan los requisitos del programa, dejando sin efecto la restricción que impedía el ingreso de nuevos beneficiarios.

Finalmente, el Gobierno estableció un período de transición de tres meses para que el administrador fiduciario, Colpensiones y las demás entidades involucradas implementen los ajustes tecnológicos, operativos y financieros necesarios para la aplicación de las nuevas reglas del programa.

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