Nuevos recursos


  Calendario Tributario 2026

ACTUALIDAD  - 3 marzo, 2026

Gobierno Nacional publicó proyecto de decreto para trasladar dinero de AFP a Colpensiones



Actualizado: 26 febrero, 2026 (hace 1 semana)

El proyecto indica que las AFP deberán trasladar a Colpensiones los recursos acreditados en la cuenta de ahorro individual de los afiliados más la totalidad de los rendimientos financieros generados hasta la fecha de la transferencia efectiva.

El Ministerio del Trabajo publicó un proyecto de decreto donde se indica que las Administradoras de Fondos de Pensiones -AFP- deberán trasladar a Colpensiones más de $25 billones provenientes de cuentas de ahorro individual de afiliados que se acogieron a la ventana de oportunidad, según lo dispuesto por el artículo 76 de la Ley 2381 de 2024.

Al respecto, el presidente de Asofondos, Andrés Velasco, dijo que este artículo, exceptuado de la suspensión por la Corte Constitucional, establece que dichos recursos deben mantenerse ahorrados y trasladarse únicamente cuando los afiliados alcancen la edad de pensión, hacia el fondo de ahorro administrado por el Banco de la República.

En el proyecto se explicó que el traslado de los recursos incluye el capital acumulado más la totalidad de los rendimientos financieros generados hasta la fecha de la transferencia efectiva.

“Las AFP deberán efectuar la totalidad del traslado de los recursos a que se refiere el presente decreto, en un término no superior a 15 días hábiles siguientes a la entrada en vigencia del presente decreto o dentro del mes siguiente a la fecha de aceptación del traslado, cuando este ocurra con posterioridad a la vigencia de este decreto”, indica el proyecto.

El proyecto expone que las AFP deberán trasladar a Colpensiones los recursos acreditados en la cuenta de ahorro individual de los afiliados más la totalidad de los rendimientos financieros generados hasta la fecha de la transferencia efectiva.

Desde Asofondos explican que el artículo 76 de la ley 2381 de 2024, permite a los colombianos que están a menos de 10 años de pensionarse o que ya tienen edad de pensión, puedan trasladarse entre los regímenes pensionales de la ley 100, siempre y cuando al 30 de junio de 2025, hubieren tenido 750 semanas cotizadas siendo mujeres o 900 semanas siendo hombres.

“Este artículo fue exceptuado de la suspensión que hizo de la reforma la Corte Constitucional en su Auto 841 de 2025. Por lo tanto, está produciendo efectos”, explica Asofondos.

Suscríbete aquí al boletín ACTUALÍCESE, a nuestro canal X (antes Twitter) y @actualicesevideo en YouTube, y recibe todas las claves informativas de la actualidad tributaria y contable en Colombia.

Conoce nuestro canal de Tik Tok y navega en medio de videos para que despejes dudas y te superes a nivel profesional.

Para ver los últimos reels, historias, videos y carruseles con información relevante y útil de la profesión, ingresa ya y suscríbete a nuestro Instagram.

,
Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito