El Gobierno expidió el Decreto 090 del 18 de enero de 2018, en el que reduce el número de personas jurídicas obligadas a inscribirse en el registro nacional de bases de datos de la Superindustria.
Quienes continúan con el deber de registrar sus bases de datos son las sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 100.000 UVT, es decir, 3.316 millones de pesos. También deben hacerlo todas las entidades públicas.
No están obligadas a hacer este registro las sociedades y entidades sin ánimo de lucro catalogadas como micro y pequeñas empresas, ni las personas naturales.
Los plazos establecidos para realizar el registro de las bases de datos son tres: el primero de ellos es para las sociedades y entidades sin ánimo de lucro con activos por más de $20.225.160, que deberán registrar sus bases de datos a más tardar el 30 de septiembre de 2018.
En segunda instancia, las sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 3.316 millones de pesos y hasta 20.225 millones de pesos tendrán plazo de realizar el registro hasta el 30 de noviembre de este año.
El tercer plazo vence el 31 de enero de 2019 y corresponde a las entidades públicas.
Fuente: Superindustria.