Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Grandes contribuyentes que presenten ICA en Bogotá lo seguirán haciendo en papel


Grandes contribuyentes que presenten ICA en Bogotá lo seguirán haciendo en papel
Actualizado: 29 abril, 2009 (hace 15 años)

La Declaración del bimestre Enero-Febrero de 2009 la podrán presentar hasta el 30 de abril de 2009 y las demás declaraciones las seguirán presentando en los mismos plazos que se aplican a los demás declarantes.

El pasado 22 de abril de 2009 la Secretaría de Hacienda de Bogotá emitió su resolución SDH-00136 a través de la cual se decide suspender la medida que estaba contenida en el parágrafo del artículo 2 de su Resolución SDH-000386 de Diciembre de 2008.

Esa norma ahora suspendida había establecido que los contribuyentes calificados por la DIAN como Grandes Contribuyentes, si les correspondía presentar Declaraciones de Industria y Comercio y/o de retenciones de industria y comercio ante la Secretaría de Hacienda de Bogotá, tenían entonces que presentarlas en forma virtual por el portal de Internet de dicha secretaría empezando con las declaraciones del bimestre Enero-Febrero de 2009.

(nota: para conocer quienes entraron a ser nuevos Grandes Contribuyentes desde Diciembre de 2008 en adelante y quiénes dejaron de serlo desde dicha fecha, véase la Resolución DIAN 02031 de Diciembre 23 de 2008; consulta también nuestro anterior editorial: “DIAN señala a más de 700 empresas como nuevas Grandes Contribuyentes y le retira esa condición a otras 397”).

Para hacer tales presentaciones virtuales y su posterior pago se les daba incluso más tiempo que a los demás declarantes, pues se les indicaba que podían hacerlo a más tardar el último día hábil del mes siguiente al correspondiente período gravable.

No pudieron presentar virtualmente ni la del primer bimestre

Sin embargo,  cuando se acercaba la fecha respectiva para hacer la presentación del primer bimestre del año 2009, la Secretaría de hacienda tuvo que emitir un comunicado indicado que aún no estaba lista la plataforma tecnológica que les permitiera recibir las declaraciones virtuales a esos Grandes Contribuyentes y que por tanto la del bimestre Enero-Febrero de 2009 la tendrían que hacer en papel pero se les respetaría el plazo especial que se les daba en la resolución SDH-00386 (en ese caso, podían hacerlo hasta el 31 de Marzo de 2009).

Ahora, en Abril 22 de 2009, con la nueva resolución SDH-00136, la Secretaría de Hacienda decide suspender esa disposición de exigirles declaraciones virtuales a los Grandes Contribuyentes pues definitivamente no se ha podido  tener a punto la plataforma tecnológica que permita lograr tales presentaciones (ver Artículo 1 de la Resolución).

En vista de lo anterior, en los Artículo 2 y 3 de la nueva Resolución se dispuso que los Grandes Contribuyentes tendrán que seguir presentando en papel sus Declaraciones de Industria y Comercio de todo el año 2009 con los mismos plazos que se asignaron a los demás declarantes (es decir, ya no tienen esa gabela de hacerlo con plazo máximo hasta el último día hábil del mes siguiente al correspondiente periodo gravable) y que incluso, para la Declaración del periodo Enero-Febrero de 2009, se les da un plazo especial de hacerlo hasta el 30 de abril de 2009.

Sería mejor no improvisar

Todo lo anterior nos deja ver que las Secretarías de Hacienda no deberían ponerse en la tarea de improvisar expidiendo normas  sobre exigencia de declaraciones en forma virtual si primero no han logrado desarrollar la tecnología necesaria para que eso sea posible.

Incluso, si algún día hacia el futuro logran desarrollarla, deberán aprender de la experiencia que al respecto ha estado teniendo la DIAN donde se ha puesto en evidencia que después de 3 años de estar en funcionamiento su plataforma muisca, la misma sigue teniendo fallas (para comprobar lo anterior, véase el texto de la resolución DIAN 04028 de abril 21 de 2009).

Además, si para presentar declaraciones ante las Secretarías de Hacienda se va a hacer necesario utilizar mecanismos de firma digital diferentes a los que se utilizan en la presentación de las declaraciones ante la DIAN, y diferentes a los que se usan para los reportes a Supersociedades, mejor sería que de una vez todas estas entidades unifiquen sus tecnologías para que  los que declaren virtualmente ante tantas y diferentes entidades no terminen enredándose con tantas firmas digitales  y terminen quizás “enojándose” con la tecnología y las entidades públicas.

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