Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tabla de retención en la fuente para el año fiscal 2020


Tabla de retención en la fuente para el año fiscal 2020
Actualizado: 10 enero, 2020 (hace 4 años)

En la siguiente tabla de retención en la fuente podrá encontrar discriminadas las tarifas y cuantías mínimas aplicables para el año 2020.

Algunos de los conceptos abordados son compras, servicios, arrendamientos, honorarios y comisiones. Tenga en cuenta que la UVT para 2020 es de $35.607.

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Las tarifas de retención en la fuente a título de renta para el año 2020 por conceptos tales como compras, servicios, arrendamientos, honorarios y comisiones, entre otros, se encuentran discriminadas en la siguiente guía con sus respectivos topes en UVT y la cifra correspondiente en pesos (el monto de UVT para 2020 es de $35.607).

Compartimos la siguiente guía en la que exponemos los diferentes conceptos y tarifas de retención en la fuente a título de renta para 2020 con sus correspondientes cuantías mínimas en UVT y en pesos.

Tenga en cuenta que podrá descargar la versión de esta tabla en Excel al final de este editorial:

Conceptos
Cuantía mínima en UVT
Cuantía mínima en
pesos
Tarifa
Compras
Compras en general para obligados a declarar renta.
≥ 27 UVT
≥ 961.000
2,5 %
Compras en general para no obligados a declarar renta.
≥ 27 UVT
≥ 961.000
3,5 %
Compra de café pergamino o cereza.
> 160 UVT
> 5.697.000
0,5 %
Compras con tarjetas débito o crédito.
No aplica
100%
1,5 %
Compra de productos agrícolas o pecuarios sin procesamiento industrial.
> 92 UVT
> 3.276.000
1,5 %
Compra de bienes y productos agrícolas o pecuarios con procesamiento industrial, llevada a cabo por personas jurídicas, sociedades de hecho y personas naturales agentes retenedores (vendedor obligado a declarar).
≥ 27 UVT
≥ 961.000
2,5 %
Compra de bienes y productos agrícolas o pecuarios con procesamiento industrial, llevada a cabo por personas jurídicas, sociedades de hecho y personas naturales agentes retenedores (vendedor no obligado a declarar).
≥ 27 UVT
≥ 961.000
3,5 %
Adquisición de bienes raíces para uso de vivienda de habitación por las primeras 20.000 UVT.
Hasta 20.000 UVT
≤ 712.140.000
1,0 %
Adquisición de bienes raíces para uso de vivienda de habitación cuando exceda las 20.000 UVT (al excedente se le aplicará la tarifa aquí señalada).
Más de 20.000 UVT
> 712.140.000
2,5 %
Adquisición de bienes raíces para uso diferente a vivienda de habitación, si el vendedor es persona jurídica, sociedad de hecho o persona natural declarante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 368-2 del ET.
≥ 27 UVT
≥ 961.000
2,5 %
Adquisición de vehículos.
≥ 27 UVT
≥ 961.000
1,0 %
Compra de combustibles derivados del petróleo.
No aplica
100%
0,1 %
Enajenación de activos fijos para personas naturales (el vendedor es persona natural no agente de retención).
≥ 27 UVT
≥ 961.000
1,0 %
Arrendamientos
Arrendamientos de bienes muebles.
No aplica
100%
4,0 %
Arrendamiento de bienes raíces para obligados a declarar renta (arrendador obligado a declarar).
≥ 27 UVT
≥ 961.000
3,5 %
Arrendamiento de bienes raíces para no obligados a declarar renta (arrendador no obligado a declarar).
≥ 27 UVT
≥ 961.000
3,5 %
Honorarios y comisiones
Honorarios y comisiones para personas jurídicas y asimiladas y personas naturales declarantes de renta.
No aplica
100%
11,0 %
Honorarios y comisiones para no declarantes de renta (la tarifa depende de las condiciones estipuladas en los literales a) y b) del artículo 1 del Decreto 260 de 2001).
No aplica
100%
10 % u 11 %
Comisiones en el sector financiero.
No aplica
100%
11,0 %
Comisiones por transacciones en bolsa.
No aplica
100%
3,0 %
Contratos y consultorías
Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones a favor de personas naturales o jurídicas y entidades contribuyentes del impuesto de renta.
No aplica
100%
6,0 %
Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones a favor de personas naturales, consorcios o uniones temporales cuyos miembros sean personas naturales declarantes del impuesto de renta.
Más de 3.300
> 117.503.000
6,0 %
Contratos de consultoría en ingeniería de proyectos de infraestructura y edificaciones a favor de personas naturales no declarantes del impuesto de renta.
No aplica
100%
10,0 %
Contratos de consultoría de obras públicas.
No aplica
100%
2,0 %
Contratos de construcción o urbanización.
≥ 27 UVT
≥ 961.000
2,0 %
Diseño de página web y consultoría en programas de informática a obligados a declarar renta.
No aplica
100%
3,5 %
Diseño de página web y consultoría en programas de informática a no obligados a declarar renta (la tarifa depende de si el beneficiario del pago o abono en cuenta cumple o no con las condiciones establecidas en los literales a) y b) del Decreto 260 de 2001).
No aplica
100%
10 % u 11 %
Prestación de servicios de sísmica para el sector de hidrocarburos por personas jurídicas y personas naturales obligadas a declarar renta.
No aplica
100%
6,0 %
Prestación de servicios de sísmica para el sector de hidrocarburos por personas naturales no obligadas a declarar renta.
No aplica
100%
10,0 %
Otros ingresos tributarios
Por emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales obligadas a declarar renta.
≥ 27 UVT
≥ 961.000
4,0 %
Por emolumentos eclesiásticos efectuados a personas naturales no obligadas a declarar renta.
≥ 27 UVT
≥ 961.000
3,5 %
Loterías, rifas, apuestas y similares.
> 48 UVT
> 1.709.000
20,0 %
Retención en colocación independiente de juegos de suerte y azar (la retención aplica cuando los ingresos diarios del colocador independiente superen las 5 UVT).
> 5 UVT
> 178.000
3,0 %
Para artistas extranjeros que efectúen presentaciones artísticas o culturales en Colombia.
No aplica
100%
8,0 %
Exportación de hidrocarburos.
≥ 27 UVT
≥ 961.000
3,0 %
Exportación de otros productos mineros, incluyendo el oro.
≥ 27 UVT
≥ 961.000
1,0 %
Rendimientos financieros en general.
No aplica
100%
7,0 %
Intereses o rendimientos financieros por operaciones activas de crédito o mutuo comercial.
No aplica
100%
2,5 %
Tarifa de retención en rendimientos financieros provenientes de títulos de renta fija.
No aplica
100%
4,0 %
Servicios
Ingresos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria (personas naturales declarantes o no de renta).
> 95 UVT
> 3.383.000
Ver tabla del artículo 383 del ET.
Honorarios y compensación de servicios personales por personas naturales que hayan subcontratado a una persona natural o que hayan subcontratado a dos o más personas menos de 90 días continuos o discontinuos.
> 95 UVT
> 3.383.000
Ver tabla del artículo 383 del ET.
Servicios de aseo y vigilancia (la base será el     100 % del AIU siempre que sea mayor o igual a 4 UVT).
≥ 4 UVT
≥ 142.000
2,0 %
Servicios de hoteles, restaurantes y hospedajes para obligados a declarar renta.
≥ 4
≥ 142.000
3,5 %
Servicios de transporte nacional de carga.
≥ 4 UVT
≥ 142.000
1,0 %
Servicios de transporte terrestre nacional de pasajeros para obligados a declarar renta.
≥ 27
≥ 961.000
3,5 %
Servicio de transporte aéreo y marítimo de pasajeros.
≥ 4 UVT
≥ 142.000
1,0 %
Servicios en general para personas jurídicas, asimiladas y personas naturales obligadas a declarar renta.
≥ 4 UVT
≥ 142.000
4,0 %
Servicios en general para personas naturales no obligadas a declarar renta.
≥ 4 UVT
≥ 142.000
6,0 %
Servicios temporales de empleo (la base será el 100 % del AIU siempre que sea mayor o igual a 4 UVT).
≥ 4 UVT
≥ 142.000
1,0 %
Servicios integrales de salud prestados por una IPS.
≥ 4 UVT
≥ 142.000
2,0 %
Servicios de licenciamiento y derechos de uso de software a obligados a declarar renta.
No aplica
100%
3,5 %

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