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Hacienda de Bogotá definió calendario tributario para 2023


Hacienda de Bogotá definió calendario tributario para 2023
Actualizado: 29 diciembre, 2022 (hace 1 año)

Hacienda de Bogotá anuncia que, a más tardar el 30 de abril, todos los contribuyentes recibirán las facturas físicas de predial y vehículos 2023 en las direcciones de notificación que hayan registrado.

Hacienda de Bogotá dio a conocer el calendario tributario 2023, según el cual los contribuyentes tienen plazo para declarar y pagar el impuesto predial, sin descuento ni sanción, hasta el 14 de julio y con 10% de descuento, hasta el 12 de mayo.

De igual manera, los contribuyentes podrán optar por diferir la totalidad de su impuesto en cuatro cuotas iguales, sin intereses, siempre que presenten la declaración para acogerse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC) a más tardar el 26 de mayo de 2023.

De igual manera, los vencimientos serán de la siguiente manera: primera cuota, el 9 de junio; segunda, el 4 de agosto; tercera, el 6 de octubre, y cuarta, el 1 de diciembre.

Por otra parte, el impuesto de Vehículos tendrá plazo máximo para declarar y pagar con el 10% de descuento por pronto pago, hasta el 2 de junio de 2023 y hasta el 28 de julio, sin descuento ni sanción.

Los contribuyentes pertenecientes al régimen común y con pago bimestral del impuesto de Industria y Comercio (ICA), por su parte, tendrán de nuevo un solo plazo máximo en cada vencimiento, comenzando por el 14 de abril, para el pago del primer bimestre. Igual sucederá con ReteICA, cuyos agentes de retención comienzan el año entrante sus vencimientos bimestrales a partir del 17 de marzo.

Juan Mauricio Ramírez, secretario Distrital de Hacienda, dijo que “Así mismo, los demás contribuyentes de ICA pertenecientes al régimen común, cuyo impuesto a cargo en 2022 no exceda los 391 UVT (14.859.564 pesos), deberán presentar por los medios virtuales adoptados por la Secretaría Distrital de Hacienda, una única declaración anual por la vigencia, a más tardar el 23 de febrero de 2024.

Finalmente, los contribuyentes de ICA del régimen preferencial deberán presentar por medios virtuales una única declaración anual, por el año gravable 2023, a más tardar el 16 de febrero de 2024.

Fuente: Secretaria Distrital de Hacienda.

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