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Hasta el 30 de abril morosos de la Dian podrán ponerse al día con una tasa de interés del 4.5 %



La Dian invita a los contribuyentes con obligaciones pendientes a aprovechar estas condiciones especiales. Una oportunidad excepcional para normalizar su situación fiscal.

El Gobierno Nacional estableció en el Decreto 0240 del 12 de marzo de 2026 mecanismos extraordinarios que permitirán a los contribuyentes en mora de la Dian ponerse al día con beneficios en sanciones e intereses.

Lo anterior, en el marco de las medidas para atender la emergencia económica, social y ecológica declarada en varias regiones del país.

Los contribuyentes que a 31 de diciembre tuvieran deudas tributarias, aduaneras y cambiarias podrán aplicar a la tasa especial en intereses de mora del 4.5% y pagar, únicamente, el 15% del monto de sanciones, siempre y cuando este no sea inferior a la sanción mínima que corresponde a 10 UVT, es decir, $524.000.

Para acceder a estos beneficios, se deberá cancelar el 100% del valor del capital de la deuda.

El decreto también establece un beneficio para quienes no hayan presentado declaraciones, es decir, que son omisos, o para aquellos que necesiten corregirlas, pagando sólo el 15% de la sanción correspondiente, sin necesidad de liquidar intereses de mora.

Los contribuyentes que deseen acogerse a estos beneficios podrán hacerlo hasta el 30 de abril del presente año.

La Dian invita a los contribuyentes con obligaciones pendientes a aprovechar estas condiciones especiales, que presentan una oportunidad excepcional para normalizar su situación fiscal con menores costos y contribuir al financiamiento de las acciones que adelanta el Estado para atender la emergencia.

Fuente: Dian.

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