Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Hechos ocurridos después del cierre: no todos implican ajustes


Hechos ocurridos después del cierre: no todos implican ajustes
Actualizado: 20 enero, 2016 (hace 8 años)

Los hechos ocurridos después de la fecha de cierre pueden influir de manera significativa en los estados financieros que se están preparando. La entidad debe identificar cuáles de estos hechos los afectan y cuáles no, a fin de determinar la necesidad de realizar ajustes a los informes.

“Esta fecha no se establece arbitrariamente, sino que debe servir para cumplir uno de los objetivos de la información financiera: proporcionar información fiable y relevante para la toma de decisiones de los usuarios”

Cada entidad debe establecer y adoptar en sus políticas sobre presentación de información financiera la fecha de corte de la información. Esta fecha no se establece arbitrariamente, sino que debe servir para cumplir uno de los objetivos de la información financiera: proporcionar información fiable y relevante para la toma de decisiones de los usuarios.

Una vez establecida la fecha de cierre, se establecen los procedimientos que la entidad llevará a cabo para presentar la información de manera oportuna, pues esta, cuanto más antigua, menos útil. Es pertinente anotar que el Consejo Técnico de la Contaduría Pública aclaró, en el Concepto 285 del 7 de mayo del 2015, que todos los entes económicos deben preparar información financiera con corte al 31 de diciembre de cada año, tal como lo establece el artículo 34 del Código de Comercio.

El proceso de emisión de información financiera requiere de un espacio de tiempo; dicho lapso entre las fechas de corte y autorización de los estados financieros debe ser objeto de especial atención por parte de los preparadores de la información financiera, a fin de identificar cualquier hecho que implique ajuste en los estados financieros en preparación.

Los hechos ocurridos después de la fecha de cierre son todos los hechos, favorables o desfavorables, que se producen entre las fechas de corte y autorización de los estados financieros.
Estos hechos son de dos tipos: los que implican ajuste y los que no implican ajuste a los estados financieros.

La Sección 32 del Estándar Internacional para Pymes requiere que se ajusten los importes de los estados financieros a causa de la información conocida después del cierre que implique ajuste. Asimismo, requiere que se revele información sobre hechos ocurridos después del cierre que no implican ajuste cuando los hechos sean relevantes para los usuarios de la información financiera.

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Ejemplo de un hecho ocurrido después del cierre que implica ajustes

Para efectos de los ejercicios planteados, se considera fecha de cierre el 31 de diciembre del 2015 y fecha de autorización de estados financieros el 1 de marzo del 2016.

Una entidad produce y vende electrodomésticos, y estimó una provisión para garantías por valor de $50.000.000 a la fecha de cierre, con base en el análisis del comportamiento de las reclamaciones en los años anteriores.

El 20 de enero del 2016, la entidad recibió quejas de varios compradores de uno de sus electrodomésticos más vendidos. Producto de la queja repetitiva, la entidad llevó a cabo una investigación y encontró que estos productos tenían un componente defectuoso.

La entidad decidió cambiar este componente a todos sus productos vendidos en el 2015, lo cual costaría alrededor de $120.000.000.

Debido a que el componente estaba defectuoso desde que se ensambló en el producto, el hecho de descubrir esta falla es un evento que implica ajuste en los estados financieros que se están cerrando. El efecto es una mayor provisión y un gasto al estado de resultados.

Ejemplo de un hecho ocurrido después del cierre que no implica ajustes

Una entidad mantiene un edificio clasificado como propiedad de inversión, el cual mide a valor razonable. Al 31 de diciembre del 2015, el valor razonable del edificio se estableció en $300.000.000.

El 10 de enero del 2016, el Gobierno Municipal anunció nuevas obras de infraestructura y algunos cambios en el plan de ordenamiento territorial.

Estos anuncios hicieron que el valor razonable del edificio se elevara a $450.000.000.

Debido a que los anuncios fueron hechos en el mes de enero, el incremento en el valor razonable del edificio debe reconocerse en el 2016, pues a la fecha de cierre la realidad era que el edificio podría ser vendido por $300.000.000.

Juan David Maya
Consultor de actualicese.co

*Exclusivo para actualicese.co

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