Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Historia clínica electrónica: 8 puntos que debe conocer sobre esta nueva herramienta


Historia clínica electrónica: 8 puntos que debe conocer sobre esta nueva herramienta
Actualizado: 21 febrero, 2020 (hace 4 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • 1) Objetivo de la ley
  • 2) Seguridad de los datos clínicos de los pacientes
  • 3) Implementación de la historia clínica electrónica
  • 4) Tiempo que tardará en funcionar la historia clínica electrónica en todo el país
  • 5) Acceso a la historia clínica electrónica
  • 6) Herramienta para que los usuarios del sistema de salud reciban una mejor atención
  • 7) Sinónimo de agilidad en la prestación del servicio
  • 8) Identificación de alergias provocadas por medicación

Solo la persona titular de la historia clínica electrónica podrá autorizar el uso por terceros de la información en ella contenida.

Ministerio de Salud determinará los aspectos técnicos que deben cumplir las EPS para implementarla.

En enero de 2025 todo el país contará con esta herramienta.

“Es una herramienta que contendrá el registro integral y cronológico de las condiciones de salud de cada paciente”

A través de la Ley 2015 del 31 de enero de 2020 “se crea la historia clínica electrónica interoperable y se dictan otras disposiciones”. De esta manera se busca agilizar y garantizar el acceso y ejercicio a los derechos a la salud y a la información de las personas, respetando el habeas data.

Es una herramienta que contendrá el registro integral y cronológico de las condiciones de salud de cada paciente (patologías, cirugías practicadas, tratamientos), garantizando eficiencia y calidad en la prestación del servicio.

1) Objetivo de la ley

Su finalidad es regular la interoperabilidad de la historia clínica electrónica –IHCE–. Lo anterior quiere decir que se intercambiarán los datos clínicos relevantes, así como documentos y expedientes clínicos del curso de vida de cada persona.

“Las EPS y las IPS responsables del manejo de la información no podrán divulgar los datos por ellos administrados sin autorización expresa de la persona titular de la historia clínica”

Como ya se mencionó anteriormente, a través de la historia clínica electrónica se facilitará, agilizará y garantizará el acceso y ejercicio de los derechos a la salud y a la información de las personas, respetando el habeas data y su reserva.  

2) Seguridad de los datos clínicos de los pacientes

Las EPS y las IPS responsables del manejo de la información no podrán divulgar los datos por ellos administrados sin autorización expresa de la persona titular de la historia clínica.

Solo la persona titular de la historia clínica electrónica podrá autorizar el uso por terceros de la información total o parcial en ella contenida. Se garantiza el derecho a la intimidad y el habeas data.

3) Implementación de la historia clínica electrónica

El Ministerio de Salud y Protección Social adoptará un plan de implementación de la historia clínica electrónica para el intercambio de los datos clínicos relevantes, el cual deberá tener en cuenta las condiciones específicas de los sujetos obligados.

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El plazo máximo de implementación será de cinco años, contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley.

4) Tiempo que tardará en funcionar la historia clínica electrónica en todo el país

A más tardar el 31 de enero de 2021 el Ministerio de Salud deberá determinar los aspectos técnicos que deben cumplir las EPS para implementar la historia clínica electrónica.

En máximo cinco años, enero de 2025, todo el país contará con esta herramienta.

5) Acceso a la historia clínica electrónica

El Ministerio de Salud y de la Protección Social reglamentará el acceso a la información por parte del personal distinto al equipo de salud, en el marco de interoperabilidad de la historia clínica electrónica, lo cual deberá garantizar la privacidad y reserva de la historia clínica.

6) Herramienta para que los usuarios del sistema de salud reciban una mejor atención

Al momento de requerir una cita médica general o con especialista, los colombianos no necesitarán cargar con la historia clínica debajo del brazo para ser atendidos.

7) Sinónimo de agilidad en la prestación del servicio

Las IPS tendrán disponibles los datos relevantes y antecedentes médicos en cualquier parte del país, con lo cual el médico destinará la mayor parte del tiempo de la consulta en atender al paciente y no a interrogarlo sobre información que ya debe estar en la historia clínica.

8) Identificación de alergias provocadas por medicación

En los últimos años han aumentado las muertes causadas por reacción alérgica a medicamentos, situación que podría presentarse por no tener la información completa de la persona o paciente al ser atendido. Este riesgo se mitiga con la creación de la historia clínica electrónica.

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