Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Horas extras, ¿cómo se pagan en una empresa con jornada laboral cíclica?


Horas extras, ¿cómo se pagan en una empresa con jornada laboral cíclica?
Actualizado: 6 abril, 2015 (hace 9 años)

Las únicas personas que no reciben el pago de horas extras, más allá de una jornada diaria pactada dentro del límite legal, son las que el Código Sustantivo de Trabajo establece como aquellas que tienen cargos de dirección, confianza y manejo. También, los empleados que hacen una labor ocasional o excepcional donde no están limitadas a una jornada diaria de trabajo.

Hay empresas donde laboran siete días y descansan tres. Seguidamente laboran siete y descansan cuatro, y se va repitiendo el ciclo nuevamente. Trabajan 12 horas con descanso de una hora para el almuerzo, sin tener en cuenta los festivos. Con este panorama, anteriormente descrito, puede surgir la pregunta si los trabajadores tienen derecho al pago de horas extras.

Las únicas personas que no reciben el pago de horas extras, más allá de una jornada diaria pactada dentro del límite legal, son aquellas que el artículo 161 del Código Sustantivo de Trabajo establece como aquellas que son de cargos de dirección, confianza y manejo. De igual manera, aquellos empleados que hacen una labor ocasional o excepcional donde no están limitadas a una jornada diaria de trabajo.

“¿Y cuánto es la máxima jornada permitida? Se puede asegurar que hay tres jornadas máximas permitidas. Ocho, nueve y hasta diez horas ordinarias.”

Las personas que no hacen parte de las anteriores situaciones, tienen derecho al pago de horas extras cuando completan la jornada diaria permitida en Colombia. ¿Y cuánto es la máxima jornada permitida? Se puede asegurar que hay tres jornadas máximas permitidas. Ocho, nueve y hasta diez horas ordinarias.

¿Y cuántas horas laborales se pueden realizar de manera extraordinaria? Dos. Significa que si un empleado hace una jornada diaria de ocho horas puede hacer hasta dos extras para un total de diez. Si el empleado pacta una jornada ordinaria de nueve, puede hacer como extraordinaria una. Y si se pacta como jornada ordinaria diez horas no se pueden hacer horas extras.

En conclusión, lo máximo que se puede trabajar en Colombia sumando las ordinarias y extraordinarias son hasta diez horas.

Un ejemplo sencillo

Si a una persona la contratan diariamente para trabajar en una empresa cuatro horas, todos los días, y por eso le pagan $1.000.000, el día que le toque trabajar cinco horas, dicha hora adicional se convierte en extra, porque con el empleado se pactó que la jornada sería de cuatro horas.

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