Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Hoy inician vencimientos de impuesto a la riqueza y formulario 440 no está actualizado en el MUISCA


Hoy inician vencimientos de impuesto a la riqueza y formulario 440 no está actualizado en el MUISCA
Actualizado: 9 mayo, 2017 (hace 7 años)

El formulario 440 para el año 2017 que se está cargando en la plataforma MUISCA tiene desactualizado el rótulo o nombre del renglón 42 pues no es igual al nombre que figura en el formulario 440 para el año 2017 que fue prescrito con el artículo 4 de la Resolución 000013 de marzo 3 de 2017.

Fue en marzo 03 de 2017, a través del artículo 4 de su Resolución 000013, cuando la DIAN prescribió el formulario 440 que sería utilizado para las declaraciones del impuesto a la riqueza y su complementario de normalización tributaria del presente año 2017, las cuales se vencerán entre los días 09 y 22 de mayo de 2017 (ver el artículo 1.6.1.13.2.23 del DUT 1625 de octubre 11 de 2016 luego de ser modificado con el artículo 17 del Decreto 2105 de diciembre 22 de 2016).

Al respecto, y tal como lo mencionamos en un editorial anterior, al examinar el nuevo formulario 440 que se utilizará para las declaraciones del impuesto a la riqueza y su complementario de normalización tributaria del año 2017, y compararlo con lo que fue el formulario 440 que se utilizó para las declaraciones del año 2016, se observa que la única modificación se encuentra en el rótulo o nombre del renglón 42 (en el cual las cooperativas pueden restar los aportes recibidos de sus asociados).

En efecto, en el formulario que se utilizó para el año 2016, el rótulo del mencionado renglón 42 indicaba que este solo podía ser utilizado por las entidades mencionadas en el numeral 4 del artículo 19 del ET. Sin embargo, en el rótulo del mismo renglón del formulario que se usará para el año 2017 se indica que este solo podrá ser utilizado por las entidades mencionadas en el artículo 19-4 del ET. Al respecto, debe tenerse presente que los artículos 140 y 142 de la Ley 1819 de 2016 modificaron el artículo 19 y crearon el nuevo artículo 19-4, ambos del ET. Por tanto, a partir de enero 1 de 2017 las instrucciones sobre el régimen del impuesto de renta aplicable a las cooperativas y demás entidades similares ya no se encuentran dentro de lo que era el antiguo numeral 4 del artículo 19 del ET, sino en el nuevo artículo 19-4 del ET.

El MUISCA no ha actualizado el formulario 440 para el año 2017

“no se ha realizado la actualización del rótulo o nombre del renglón 42 pues en el mismo se sigue viendo el viejo rótulo o nombre que se usó en el formulario del año 2016”

Siendo claro que el renglón 42 del formulario 440 que se usará para el año 2017 sí contiene un nuevo rótulo o nombre, lo que pudimos observar es que en la plataforma MUISCA de la DIAN, al momento de cargar dicho formulario, no se ha realizado la actualización del rótulo o nombre del renglón 42 pues en el mismo se sigue viendo el viejo rótulo o nombre que se usó en el formulario del año 2016 (ver captura de pantalla).

Hoy inician vencimientos de impuesto a la riqueza y formulario 440 no está actualizado en el MUISCA

Obviamente, dicha desactualización en el rótulo del renglón 42 del formulario 440 dentro de la plataforma MUISCA no tiene demasiada trascendencia a la hora en que se terminen presentando finalmente las declaraciones del año 2017. Sin embargo, resaltar esto sirve para dejar evidencia de que al interior de la DIAN no se están preocupando debidamente por lograr que los formularios virtuales sean exactamente iguales a aquellos que se prescriben mediante las diferentes resoluciones expedidas por la misma entidad.

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