Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Hoy inician vencimientos para reportar medios magnéticos por el año gravable 2017 en Cali


Hoy inician vencimientos para reportar medios magnéticos por el año gravable 2017 en Cali
Actualizado: 22 junio, 2018 (hace 6 años)

A través de la Resolución 4131.040.21.0332 de 2018 se efectuaron varios cambios a la Resolución 4131.1.21-8120 de 2016, uno de ellos relacionado con los plazos para reportar medios magnéticos del año gravable 2017 al municipio de Santiago de Cali, los cuales inician hoy 22 de junio de 2018.

Mediante la Resolución 4131.1.21-8120 de octubre 28 de 2016 se definieron los criterios de la información a presentar en medios magnéticos en la ciudad de Cali por el año gravable 2017. A su vez, se establecieron los plazos para su entrega.

Al analizar el artículo 11 de la citada resolución, se evidenciaba un yerro mecanográfico, pues se indicaba que los plazos máximos para presentar dicha información de manera oportuna vencían entre el 5 y 29 de junio de 2017, cuando en realidad las fechas debían hacer referencia al año 2018. Ante dicha situación, el 10 de abril de 2018 se expidió la Resolución 4131.040.21.0332, para modificar tres artículos de la Resolución 4131.1.21-8120 de 2016.

“los plazos para reportar medios magnéticos por el año gravable 2017 al municipio de Santiago de Cali tendrán lugar entre el 22 de junio y el 6 de julio de 2018”

De esta manera, los plazos para reportar medios magnéticos por el año gravable 2017 al municipio de Santiago de Cali tendrán lugar entre el 22 de junio y el 6 de julio de 2018, dependiendo del último dígito del NIT de los reportantes, tal como se puede observar en la siguiente tabla:

Último dígito del NIT

Fecha límite de entrega

1

22 de junio de 2018

2

25 de junio de 2018

3

26 de junio de 2018

4

27 de junio de 2018

5

28 de junio de 2018

6

29 de junio de 2018

7

3 de julio de 2018

8

4 de julio de 2018

9

5 de julio de 2018

0

6 de julio de 2018

 

El plazo para que la Registraduría Nacional brindase información sobre personas que fallecieron durante 2017 venció el día de ayer, junio 21 de 2018.

Modificaciones relacionadas con las sanciones aplicables a esta obligación tributaria

Adicionalmente, se modificaron los artículos 13 y 14 de la Resolución 4131.1.21-8120 de 2016, los cuales hacen referencia a la posibilidad de no aplicar la sanción por extemporaneidad, y cuándo hay lugar a la sanción por no informar.

En el primer caso, es decir, sobre la posibilidad de no aplicar la sanción por extemporaneidad, el artículo 13 de la mencionada resolución ya no indica que cuando se presenten inconvenientes técnicos, no exista disponibilidad del sistema, o cuando hayan situaciones de fuerza mayor que impidan realizar el reporte de medios magnéticos, no se aplicará la sanción contemplada en el artículo 253 del Acuerdo 0321 de 2011. Con la modificación efectuada, ante ese tipo de hechos no tendrá aplicación la sanción por extemporaneidad, establecida en el artículo 251 del Decreto extraordinario 411.0.20.259 de 2015, siempre y cuando se cumpla con dicha obligación al día siguiente de restablecido el sistema o de superado la situación de fuerza mayor. Los demás cambios que sufrió dicho artículo están relacionados con las áreas o cargos competentes para declarar la contingencia.

Con respecto a la sanción por no informar, el artículo 14 de la Resolución 4131.1.21-8120 de 2016 establecía que, si la información presentaba errores, no correspondía a lo solicitado o no se suministraba en los plazos establecidos, había lugar a la sanción prevista en el artículo 253 del Acuerdo 0321 de 2011; con los cambios que sufrió dicho artículo, ante este tipo de circunstancias se deberá aplicar la sanción del artículo 259 del Decreto extraordinario 411.0.20.259 de 2015, el cual fue modificado por el artículo 38 del Acuerdo 0434 de diciembre 21 de 2017, pero continúa indicando que esta sanción no podrá superar las 7.500 UVT (equivalentes a $248.670.000 por el 2018).

Para conocer los plazos referentes a otras obligaciones tributarias a cumplir en el municipio de Santiago de Cali, puede consultar nuestro Calendario tributario de Cali 2018.

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