Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

IASB emite enmiendas sobre la NIC 12 – Impuesto a las ganancias


Actualizado: 27 enero, 2016 (hace 8 años)

Las modificaciones emitidas aclaran los requisitos en materia de reconocimiento de activos por impuestos diferidos por pérdidas no realizadas, para hacer frente a la diversidad en la práctica.

El IASB emitió el martes 19 de junio del 2016 algunas modificaciones a la NIC 12 – Impuesto a las ganancias. Las enmiendas alrededor del tema de reconocimiento de activos por impuestos diferidos por pérdidas no realizadas aclaran cómo contabilizar los activos por impuestos diferidos relacionados con instrumentos de deuda valorados a su valor razonable.

La NIC 12 establece requisitos para el reconocimiento y medición de los pasivos o activos por impuestos corrientes o diferidos.

Las modificaciones emitidas aclaran los requisitos en materia de reconocimiento de activos por impuestos diferidos por pérdidas no realizadas, para hacer frente a la diversidad en la práctica.

Las entidades están obligadas a aplicar las modificaciones a períodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero del 2017.

Para más información sobre las enmiendas se puede acceder aquí (enlace en inglés).

Fuente: ifrs.org

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