Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Impacto del metaverso en la contabilidad y los impuestos


El metaverso avanza a pasos agigantados, en unión con el desarrollo de la tecnología blockchain y de allí los criptoactivos. Por eso es importante dar luces respecto a los efectos de esta nueva realidad virtual en el ámbito legal, comercial, civil, tributario, entre otros.

Vemos, pues, que el metaverso es un conjunto de tecnologías puestas en orden y coordinadas, que construyen un mundo virtual, pero que, en ocasiones, puede tener repercusión en el mundo real. Y en esa interacción con el mundo real es, quizá, donde podemos analizar los aspectos jurídicos más interesantes, ya que no existe una legislación específica aplicable exclusivamente al metaverso, sino que tenemos que atender a esas situaciones con la normativa y dentro del ordenamiento jurídico del mundo real.

Recientemente el CIAT publicó el artículo Tributación en el metaverso: algunas consideraciones preliminares, en el cual plantea algunas ideas sobre tributación:

Dentro de lo complejo y cambiante que es el Metaverso, entiendo que en primer lugar, hoy por hoy, cada país con su legislación vigente deberá determinar si se están produciendo hechos imponibles objeto de tributación, ya sea en los impuestos a la renta, patrimoniales o consumo (…).

Por citar sólo algunos de los interrogantes, habrá que definir cómo tributará la renta o venta de bienes inmuebles virtuales, o la creación de contenidos digitales, como será el tratamiento en el IVA y cuál será el lugar de prestación de los servicios, y cuál el nexo jurisdiccional por ejemplo a los fines de definir residencia, fuente, aplicación de los tratados internacionales, etc. (…).

Sería conveniente que los Estados acuerden tratamientos fiscales uniformes a las operaciones con criptomonedas y demás tokens criptográficos como los NFT y restantes actividades del metaverso.

Por su parte, Emilio Perez Pombo expone unas reflexiones fiscales sobre el metaverso:

Estamos ante el principal reto (irresuelto) que plantea la economía digital, la fijación de un nexo entre el mundo físico y el ámbito virtual que permita localizar y vincular rentas con una jurisdicción administrativa determinada (…).

Finalmente, en algún momento, los legisladores deberán tomarse en serio las nuevas realidades digitales y aborden la naturaleza jurídica de los «bienes digitales». ¿Son bienes, servicios o, por el contrario, estamos ante una tercera categoría?

De seguro el impacto del metaverso en la contabilidad y los impuestos será enorme y un gran desafío para actualizar los códigos.

Luis Eduardo Olaya A., PMP
Contrapartida
Tomado de Contrapartida – De Computationis Jure Opiniones
Número 6555, Abril 25 de 2022

Luis Eduardo Olaya A.
Las publicaciones de Contrapartida son escritas por miembros de la comunidad académica del Departamento de Ciencias Contables de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Pontificia Universidad Javeriana.
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