Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Imparten instrucciones sobre el cumplimiento del marco normativo en materia de órdenes de embargo


Actualizado: 19 octubre, 2018 (hace 6 años)

La Superfinanciera, mediante el presente oficio, se pronuncia frente a la inscripción de las actas, entendiéndose estas como la relación escrita de lo sucedido, tratado y acordado en las juntas. A su vez, se hace mención de las implicaciones que acarrea el extravío de libros de actas.

Con el fin de incorporar reglas especiales respecto del cumplimiento del marco normativo en materia de órdenes de embargo que le permita a las entidades crediticias contar con las medidas, controles y sistemas de información necesarios para atender los mandatos judiciales y administrativos de forma completa, oportuna y conforme al procedimiento establecido en la ley, la Superfinanciera dio a conocer la Circular Externa 022 de 2018.

Por medio de la circular mencionada, la entidad pretende impartir algunas instrucciones, dentro de las cuales está que las empresas deben conservar los archivos relacionados con los mandatos judiciales y administrativos conforme al artículo 96 del EOSF y también que el recurso humano responsable de la atención a las órdenes de embargo debe ser capacitado permanentemente respecto a la normatividad y el procedimiento aplicable en cada caso.

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