Se hace necesario tener en cuenta que si la actividad económica cambió debido a la modificación aquí establecida se deberá hacer de acuerdo con el artículo 658-3 del Estatuto Tributario la correspondiente actualización del RUT.
Vigencia: 19 de noviembre de 2008
Norma derogada: Resolución 11351 de noviembre 28 de 2005 y sus modificaciones.
Aplicable: En las Declaraciones Tributarias que se presenten a partir de la fecha.