Actualizado: 16 agosto, 2018 (hace 6 años)
Los profesionales independientes que deban pagar impuesto de industria y comercio sobre sus honorarios pueden restar dicho valor como un gasto en la cédula de rentas no laborales, y dicho gasto no tiene limitaciones; tal valor no debe confundirse con las “deducciones” que sí se someten a límites.
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