Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.
La sección 29 del Estándar para Pymes establece que las pérdidas fiscales pueden dar lugar a impuesto corriente o impuesto diferido. En Colombia las pérdidas fiscales solo generan impuesto diferido, de acuerdo con la regulación fiscal.