Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Impuesto nacional a la gasolina y al ACPM: novedades introducidas por la reforma tributaria


Impuesto nacional a la gasolina y al ACPM: novedades introducidas por la reforma tributaria
Actualizado: 20 enero, 2017 (hace 7 años)

Desde el 1 de enero de 2017 el precio del galón de gasolina subió en 135 pesos, mientras que el aumento en el ACPM fue de 199,17 pesos respecto a los valores de 2016. Este impuesto se ajustará cada primero de febrero con la inflación del año anterior a partir de 2018.

El artículo 218 de la Ley 1819 de 2016 modifica el artículo 167 de la Ley 1607 de 2012, donde se aborda el impuesto nacional a la gasolina y al ACPM, cuyos hechos generadores son la venta, retiro e importación para el consumo propio o la importación para el comercio de tales combustibles, y se causa en una sola etapa frente al hecho que ocurra primero. Este impuesto se causa en la fecha de emisión de la factura para las ventas efectuadas por los productores, en la fecha de los retiros para consumo de los productores y en la fecha en que se nacionalice la gasolina o el ACPM para las importaciones.

Por otra parte, el sujeto pasivo del impuesto será quien (entre productor o importador, este último previa nacionalización) realice retiros de gasolina o ACPM para consumo propio. Son responsables del impuesto el productor o el importador de los bienes sometidos al mismo, independientemente de su calidad de sujeto pasivo, cuando suceda el hecho generador.

“El impuesto nacional a la gasolina y al ACPM será deducible del impuesto sobre la renta, según lo establece el artículo 107 del Estatuto Tributario”

Vale señalar que se entiende por ACPM al aceite combustible para motor, diésel número 2, marino o fluvial, gasoil, intersol, electro combustible, así como cualquier destilado medio o aceites vinculantes que puedan ser usados como combustible automotor por sus propiedades físico químicas y sus desempeños en motores de altas revoluciones.

El impuesto nacional a la gasolina y al ACPM será deducible del impuesto sobre la renta, según lo establece el artículo 107 del Estatuto Tributario.

Base gravable y tarifa del impuesto a la gasolina y al ACPM

El artículo 219 de la reforma tributaria (Ley 1819 de 2016) indica que el impuesto nacional a la gasolina corriente se liquidará a razón de $490 por galón, el de gasolina extra a $930 por galón y el impuesto nacional al ACPM a $469 por galón desde el 1° de enero de 2017. Además, según dicha norma, los otros productos definidos como gasolina y ACPM distintos a la gasolina extra se liquidarán a razón de $490.

TAMBIÉN LEE:   Dian modificará tarifas de impuestos a la gasolina y ACPM, y al carbono

Este impuesto se ajustará cada primero de febrero con la inflación del año anterior a partir de 2018.

Material relacionado

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,