Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Impuesto nacional al consumo de las bolsas plásticas: 6 respuestas clave


Actualizado: 1 agosto, 2017 (hace 7 años)

El impuesto nacional al consumo de las bolsas plásticas fue creado mediante la Ley 1819 de 2016 y debe ser declarado en el formulario 310. A continuación se presentan 6 respuestas a preguntas frecuentes sobre el tema.

Cobro del impuesto a las bolsas plásticas según el tamaño

Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, aclara que el cobro del impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas no depende, bajo ninguna circunstancia, del tamaño de la bolsa, pues el cobro se realiza teniendo en cuenta principalmente si la bolsa es de plástico y si quien la entrega está obligado a responder por dicho impuesto. Es de anotar que el cobro de este impuesto aplica desde 01 de julio de 2017 con un valor de $ 20 pesos, valor que se irá incrementando en 10 hasta el año 2020.

Finalmente, se informa que hasta el momento no se ha reglamentado lo referente al cobro del tributo para las bolsas con algún grado de biodegradabilidad.

 

Responsabilidad de pagar el impuesto a las bolsas plásticas por un tendero 

Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, aclara que para el caso en mención el contribuyente no queda obligado a responder por el impuesto nacional al consumo porque este debe ser cobrado por las personas que pertenecen al régimen común de IVA según lo que dispone el artículo 512-15 del Estatuto Tributario, a su vez creado con un artículo de la Ley 1819 de 2016.

Es de anotar que la DIAN hará las respectivas supervisiones para que los responsables del impuesto a las bolsas no lo cobren por encima de lo establecido.

 

Reglamentación del impuesto nacional al consumo de las bolsas plásticas

Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, indica que el impuesto nacional al consumo de las bolsas plásticas se encuentra consagrado en los artículos 512-15 y 512-16 del Estatuto Tributario, creados por los artículos 208 y 209 de la Ley 1819 de diciembre de 2016. En estos artículos se menciona que dicho impuesto debe aplicarse a partir del 01 de julio de 2017 por los contribuyentes que pertenezcan al régimen común del IVA y que utilizan bolsas plásticas para el transporte de mercancías (bolsas que tendrán un impuesto de  $ 20 pesos).

 

Tratamiento como costo o deducción del impuesto pagado por concepto de bolsas plásticas

El Dr. Diego Guevara menciona que para dar respuesta a la consulta se debe validar lo dispuesto en el artículo 512-15 del Estatuto Tributario, norma de la cual se destaca lo siguiente:

“Art. 512-15. Impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas.

* -Articulo Adicionado- A partir del 1 de julio de 2017, estará sujeto al impuesto nacional al consumo la entrega a cualquier título de bolsas plásticas cuya finalidad sea cargar o llevar productos enajenados por los establecimientos comerciales que las entreguen”.

Adicionalmente, se debe revisar lo consagrado en el artículo 512-1 del ET.

Dos aspectos más a tener en cuenta son que el tributo será asumido por las personas naturales y jurídicas que accedan a recibir las bolsas que suministran los almacenes y que su pago debe ser presentado en el formulario 310 que dispuso la DIAN.

 

Pago del impuesto a las bolsas plásticas por restaurante responsable del INC

El Dr. Diego Guevara menciona que el impuesto a las bolsas plásticas se encuentra regulado por los artículos 512-15 y 512-16 del Estatuto Tributario, los cuales fueron adicionados por los artículos 207 y 208 de la Ley 1819 de 2016.

Del artículo 512-15 se extrae lo siguiente:

“Impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas.

* -Articulo Adicionado- A partir del 1 de julio de 2017, estará sujeto al impuesto nacional al consumo la entrega a cualquier título de bolsas plásticas cuya finalidad sea cargar o llevar productos enajenados por los establecimientos comerciales que las entreguen.”

Ahora bien, es importante aclarar que el impuesto nacional a las bolsas plásticas es para quienes pertenezcan al régimen común de IVA y que no cualquier bolsa es generadora del impuesto, tal es el caso de las bolsas que se utilizan en los supermercados para empacar las frutas, y en general las bolsas que no tengan la finalidad de cargar los productos vendidos por los establecimientos que realizan la entrega.

 

Fecha en que comienza a aplicar el impuesto al consumo de las bolsas plásticas

El Dr. Diego Guevara indica que el impuesto nacional al consumo de las bolsas plásticas está regulado por los artículos 512-15 al 512-17 del estatuto tributario creados mediante los artículos 207 a 209 de la Ley 1819 de 2016. Es importante precisar que dicho impuesto comenzó a aplicar a partir de julio 01 de 2017.

Del artículo 512-15 se extrae lo siguiente:

“Impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas.

El sujeto pasivo del impuesto es la persona que opte por recibir bolsas plásticas cuya finalidad sea cargar o llevar los productos adquiridos en establecimientos (incluyendo domicilios).

1Son responsables de este impuesto las personas naturales o jurídicas que pertenezcan al régimen común de IVA.

Este impuesto no podrá tratarse como costo, deducción o impuesto descontable.

El impuesto se causará al momento de la entrega de la bolsa. En todos los casos, en la factura de compra o documento equivalente deberá constar expresamente el número de bolsas y el valor del impuesto causado.”

Es importante mencionar que por el año 2017 el tributo corresponderá a $ 20 pesos, pero en los próximos años se irá incrementando en $10 pesos, hasta el año 2020, año en el cual se pagarán $50 pesos.

Material relacionado:

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,