Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Impuesto nacional al consumo en bienes inmuebles. ¿Sobre quién recae la responsabilidad?


Impuesto nacional al consumo en bienes inmuebles. ¿Sobre quién recae la responsabilidad?
Actualizado: 16 septiembre, 2019 (hace 5 años)

A través del Decreto 961 de 2019, el Ministerio de Hacienda aclaró varias inquietudes que surgieron respecto a la responsabilidad de las partes que intervienen en la venta de bienes inmuebles frente al impuesto nacional al consumo generado en dicha operación.

Uno de los aspectos que fueron introducidos por la Ley 1943 de 2018 hace referencia al tratamiento fiscal del impuesto nacional al consumo sobre bienes inmuebles, disposición que fue reglamentada mediante el Decreto 961 de junio 5 de 2019.

Con relación a este tema surgieron muchas inquietudes respecto a las responsabilidades que asumirían vendedor y comprador frente a este tipo de operaciones con bienes inmuebles. ¿El vendedor tendría que facturar y declarar bimestralmente el impuesto nacional al consumo? Por su parte, ¿el comprador actuaría como agente de retención a título de INC?

Estas inquietudes fueron aclaradas a través del Decreto 961 de 2019, que, en términos generales, establece que al momento de realizarse una venta de bienes raíces frente a notario público en Colombia, lo que este funcionario hará será tomar el total del precio de venta que figure en la escritura; si supera las 26.800 UVT ($918.436.000 para el 2019), le calculará el impuesto nacional al consumo con una tarifa del 2 %, y cobrará dicho monto directa y únicamente al comprador del bien raíz, el cual tendrá que tomarlo fiscalmente como un mayor valor del bien raíz que compró.

Con el propósito de que conozcas todos los principales aspectos que se derivan de este tipo de operaciones, te invitamos a participar de nuestra capacitación presencial Actualización Tributaria: Ley 1943 de 2018, PND, factura electrónica y régimen tributario especial. En este evento el Dr. Jaime Monclou, contador público titulado de la Universidad Central, consultor con especializaciones en revisoría fiscal de la Universidad Piloto de Colombia y en derecho tributario internacional de la Universidad Externado de Colombia, abordará los principales cambios fruto de la Ley de financiamiento 1943 de 2018, entre ellos, todo lo que corresponde al impuesto nacional al consumo sobre bienes inmuebles.

¡Reserva tu cupo aquí! No esperes a que se agoten.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito