Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Impuesto predial: se acerca el plazo y esto es lo que deben saber los bogotanos para su pago


Impuesto predial: se acerca el plazo y esto es lo que deben saber los bogotanos para su pago
Actualizado: 21 junio, 2022 (hace 2 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Quiénes deben pagar el impuesto predial?
  • Si las fechas cambiaron y ya tengo la factura, ¿qué se hace para pagar?
  • ? leasing
  • ¿Cómo me registro en la nueva oficina virtual?

Los contribuyentes bogotanos que se quieran ganar el descuento del 10 % deberán pagar el impuesto predial a más tardar el 24 de junio de 2022.

Para hacer el pago virtual, debe regístrese en la oficina virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda y activar su cuenta.

Conoce más información, a continuación.

El próximo viernes 24 de junio de 2022 se cumple el plazo para que los bogotanos paguen el impuesto predial con descuento del 10 %.

El 29 de julio de 2022 es el siguiente vencimiento, plazo en el que pagarás sin descuento alguno, pero sin intereses de mora ni sanción.

“ya hay una sola fecha unificada de pago, por lo que no se hará de forma escalonada, como era anteriormente”

Hay que recordar que ya hay una sola fecha unificada de pago, por lo que no se hará de forma escalonada, como era anteriormente.

De igual forma, se modificó el pago del predial por cuotas. La fecha inicial para presentar la primera declaración es el 8 de julio de 2022. Según asegura el secretario distrital de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez:

Desde el primero de enero hasta el 20 de abril se han recibido casi 500.000 pagos y recaudado más de 727.000 millones por impuesto predial, que significa el 18 % de la meta anual. A través de la plataforma hemos recaudado 50.873 millones por concepto del impuesto predial.

Para facilitar los pagos, la administración ha estado enviando las facturas físicas a predios de estratos 1, 2 y rural, los cuales suman a casi 700.000 en Bogotá y a 260.000 viviendas de estrato 3 propiedad de adultos mayores de 60 años.

¿Quiénes deben pagar el impuesto predial?

En la página de la Alcaldía de Bogotá se enumeran:

  • El propietario, persona natural o jurídica que acredita legalmente que un predio le pertenece.
  • El poseedor, persona que, sin tener documentos, tiene posesión de hecho sobre el inmueble y actúa como dueño de este.
  • El usufructuario, quien tiene el disfrute del predio y su legítima explotación, previa concesión del propietario. La condición de propietario y de usufructuario se acredita a través del certificado de libertad.
  • Los fideicomitentes y/o beneficiarios, cuando se trate de predios vinculados y/o constitutivos de un patrimonio autónomo.
  • Los tenedores a título de concesión de inmuebles públicos.
  • Para el caso de leasing, las entidades financieras son las que generan el recibo a su nombre para ser pagado por el locatario.
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Si las fechas cambiaron y ya tengo la factura, ¿qué se hace para pagar?

Se puede pagar con la factura recibida respetando las fechas establecidas o se puede descargar nuevamente para acogerse a los nuevos plazos.

¿Cómo obtienen la factura quienes tienen leasing?

Cabe aclarar que el responsable del pago del impuesto es la entidad financiera. Sin embargo, el contribuyente puede acercarse a cualquiera de los SuperCADE de la Secretaría Distrital de Hacienda, con la carta de autorización de la entidad financiera, y realizar el trámite.

También puede descargar la factura en el botón “Descarga ya tu factura predial y vehículos 2022”, con los números del NIT de la entidad financiera y del CHIP del predio.

En la siguiente imagen encontrarás todos los canales de atención de la Secretaría de Hacienda habilitados para recibir preguntas relacionadas al pago de impuestos distritales.

¿Cómo me registro en la nueva oficina virtual?

Si eres un contribuyente que va a realizar el pago virtual:

  • Ingresa a la página web de la Secretaría Distrital de Hacienda.
  • Haz clic en el botón “Oficina virtual” y elige la opción “Registro en la nueva oficina virtual”.
  • Selecciona el tipo de documento, diligencia los datos y da clic en “Buscar”.
  • Lee las instrucciones y pulsa el botón “Continuar”.
  • Responde las preguntas de validación (mínimo tres correctas).
  • Automáticamente, al correo electrónico te llegará un mensaje de validación desde el que podrás activar tu cuenta.
  • Los contribuyentes también pueden consultar los instructivos publicados en la página de Hacienda.

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