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Con la emergencia económica el Gobierno del presidente Petro tiene en mente crear nuevos impuestos para cubrir el déficit fiscal.
El Gobierno Nacional declarará la emergencia económica, medida con la que busca recaudar cerca de $16 billones para cubrir el déficit fiscal y garantizar la financiación del Presupuesto General de la Nación para 2026.
Al respecto, se conoció un documento con un paquete de medidas tributarias que estaría evaluando el Gobierno, entre ellas el aumento del gravamen a los movimientos financieros, que pasaría de 4×1.000 a 5×1.000, así como la creación de nuevos impuestos al consumo de licor y cigarrillos.
También, se analiza ampliar la base de personas naturales y empresas obligadas a pagar el impuesto al patrimonio. El hecho generador se configuraría el 1 de enero de 2026 para patrimonios iguales o superiores a 40.000 UVT y precisa que el patrimonio corresponde al patrimonio líquido, calculado como el total del patrimonio bruto menos las deudas vigentes a esa fecha.
De igual forma, se plantea un esquema de tarifas progresivas para personas naturales y un tratamiento diferenciado para las personas jurídicas, con tarifas marginales más bajas.
Sobre el IVA, se propone un cambio sustancial en el régimen tributario de los juegos de azar operados por internet, tanto desde Colombia como desde el exterior, al establecer que estas actividades quedarían gravadas con una tarifa de IVA del 19 %.
El hecho generador sería el depósito en dinero realizado por cada usuario al operador, eliminando el beneficio que hoy tiene la industria de apuestas digitales y equiparando su tributación a la de otros servicios.
También se introducen ajustes de fondo en el impuesto al consumo. Para licores, vinos, aperitivos y bebidas similares, se propone que en el año gravable 2026 el componente específico tenga un valor de $750, mientras que la tarifa ad valorem sería del 30%.
Adicionalmente, el documento plantea la creación de un Impuesto Especial para la Estabilidad Fiscal, que gravaría la extracción, primera venta y exportación de petróleo crudo y carbón.
Este tributo tendría una tarifa del 1% sobre el valor de venta o el valor FOB y aplicaría a empresas o grupos económicos con una renta líquida ordinaria igual o superior a 50.000 UVT, considerando los ingresos agregados de sus vinculados económicos.
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