Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Incapacidad por accidente o enfermedad laboral: ¿qué hacer ante una liquidación errónea?


Incapacidad por accidente o enfermedad laboral: ¿qué hacer ante una liquidación errónea?
Actualizado: 28 marzo, 2016 (hace 8 años)

En ocasiones el afiliado considera que la forma o el monto liquidado por una incapacidad laboral es erróneo; ante esto, es oportuno que el interesado se dirija directamente ante la ARL y realice una reclamación para lograr el análisis de su caso y una posible reliquidación.

Brevemente respondamos el siguiente interrogante: ¿qué medidas se pueden tomar cuando la ARL reconoce y asume el pago de la incapacidad laboral sobre el smmlv, aun cuando el trabajador tiene salario variable?

Es importante aclarar que cuando se habla de incapacidad laboral respecto a la ARL, se hace referencia a un accidente o enfermedad laboral, es decir, que como consecuencia del desarrollo de funciones laborales un trabajador se vio afectado en su salud, sea por una enfermedad o un accidente.

“Las ARL se encuentran obligadas a reconocer una incapacidad a todo trabajador afiliado que haya sufrido un accidente o enfermedad laboral”

Cuando esto ocurre, es la ARL quien se debe hacer responsable por el pago de la incapacidad, a diferencia de que fuese un accidente o enfermedad de origen común, es decir, aquellos que no surgen como consecuencia del cumplimiento de funciones.

Reconocimiento de la incapacidad por parte de la ARL

Las ARL se encuentran obligadas a reconocer una incapacidad a todo trabajador afiliado que haya sufrido un accidente o enfermedad laboral. Dicha incapacidad equivale a un subsidio del 100% sobre su salario base de cotización, el cual se causará desde el día siguiente de la afectación a la salud hasta el momento en que el trabajador se encuentre rehabilitado. Es importante recordar que dicha incapacidad puede ser reconocida únicamente hasta los 180 días, los cuales son prorrogables por 2 períodos más de 180 días si se considera que en dicho lapso el trabajador se recuperará.

¿Qué hacer ante una mala liquidación?

El paso pertinente es iniciar la reclamación directamente ante la ARL, en donde se indiquen los fundamentos del error en que esta incurrió y solicitar una reliquidación. De tal manera la ARL analizará el caso y de llegar a demostrarse el error deberá realizar el pago de acuerdo a los fundamentos correctos.

Material relacionado:

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,