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Incapacidad temporal: trámite a realizar en Colpensiones para su solicitud


Incapacidad temporal: trámite a realizar en Colpensiones para su solicitud
Actualizado: 25 diciembre, 2017 (hace 6 años)

Esta es una prestación económica que pagará Colpensiones al cotizante en caso de enfermedad o accidente de origen común, siempre y cuando exista concepto favorable de rehabilitación. Se mantendrá hasta por 360 días calendario, adicionales a los 180 días de incapacidad temporal otorgada por la EPS.

“la cual se mantendrá hasta por un término máximo de 540 días, habiendo iniciado la cobertura a los primeros 180 días de incapacidad, pues estos son asumidos por la EPS”

La incapacidad temporal es una prestación económica que pagará Colpensiones al afiliado en caso de enfermedad o accidente de origen común siempre y cuando exista concepto favorable de rehabilitación, la cual se mantendrá hasta por un término máximo de 540 días, habiendo iniciado la cobertura a los primeros 180 días de incapacidad, pues estos son asumidos por la EPS, después del día 541 debe calificarse la pérdida de capacidad laboral.

¿Qué se debe hacer?

  • Presentar el documento de identificación original en cualquier punto de atención de Colpensiones a nivel nacional.
  • Solicitar cita de medicina laboral en cualquier punto de atención Colpensiones a nivel nacional.
  • Asistir a la cita médica con los documentos requeridos.
  • Efectuar el cobro de la incapacidad.

Documentos solicitados

  • Original del concepto médico de rehabilitación del asegurado emitido por el médico tratante de la EPS.
  • Original del certificado o licencia de incapacidad por enfermedad general expedido por la EPS a la cual se encuentra afiliado el asegurado, mayor a 180 días.
  • Si el trámite lo hará un tercero deberá presentar original, copia o fotocopia de poder debidamente conferido, cédula del apoderado y de quien otorga el poder (ampliada al 150 %), tarjeta profesional del abogado.
  • Original del certificado o constancia de la EPS donde se relacione o describa el reconocimiento y pago de los primeros 180 días de incapacidad.
  • Fotocopia de la historia clínica o resumen, relacionada con las incapacidades y con los exámenes especializados.
  • Original de certificación de la cuenta bancaria propia o autorizada con nombre del afiliado o la empresa, tipo (ahorros o corriente), número de la cuenta, ciudad y sucursal con fecha de expedición no mayor a 30 días.

–> Formulario de determinación del subsidio por incapacidades.

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