Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Incentivos tributarios para el posconflicto: ¿cómo funcionan para las empresas interesadas?


Incentivos tributarios para el posconflicto: ¿cómo funcionan para las empresas interesadas?
Actualizado: 3 marzo, 2017 (hace 7 años)

Son 356 los municipios seleccionados para recibir beneficios de la reforma tributaria. Estos fueron elegidos dependiendo de qué tanto los afectó el conflicto armado. De esta manera, las empresas privadas pueden proponer la construcción de obras de infraestructura y así obtener beneficios tributarios.

Esta semana el alto consejero presidencial del posconflicto, Rafael Pardo, dio a conocer la lista de 356 municipios que se designarán en el gabinete ministerial para recibir beneficios de la reforma tributaria estructural.

Estos municipios, que están ubicados en 29 departamentos de Colombia, fueron seleccionados dependiendo de qué tanto los afectó el conflicto armado.

Entre los departamentos con mayor número de municipios beneficiados se encuentran Antioquia, Meta, Nariño, Cauca y Tolima. En Antioquia hay 57 zonas; en Cauca 23, al igual que en Nariño; en Tolima 21, en Casanare 15 y en Cundinamarca 12, entre otros.

Las compañías con ingresos brutos iguales o superiores a 33.610 UVT en el año gravable (equivalente a $1.070.781.000 por el año gravable 2017) pueden pagar hasta el 50% del impuesto de renta que les corresponda, haciendo la inversión directa de dicha cifra en proyectos que deben haber sido aprobados previamente por las entidades pertinentes, pues, de acuerdo con la reforma, dichas iniciativas deben ser consideradas viables, prioritarias y de transcendencia social para los diferentes municipios ubicados en las Zonas más Afectadas por el Conflicto Armado –ZOMAC–; así lo indicó el artículo 238 de la Ley de reforma tributaria 1819 de 2016.

“El Gobierno Nacional definirá un cupo fiscal y eso se hace a través de un Confis, una vez que tengamos expedido el mapa y el procedimiento. La idea es que en el primer año las empresas puedan hacer obras por impuestos por un cupo de entre $500.000 millones y $800.000 millones”, manifestó Pardo.

Hay que tener en cuenta que lo anterior aplicará para las empresas que generen desarrollo económico y social.

Incentivos tributarios para el posconflicto

La reforma estructural también considera que uno de los principales retos de Colombia es el posconflicto, por ello se une a los esfuerzos para hacerlo posible mediante lo siguiente:

  • Beneficios tributarios para las empresas nuevas que se establezcan en las zonas más afectadas por el conflicto: para las micro y pequeñas empresas que inicien actividades la tarifa del impuesto de renta será del 0% por los años 2017 a 2021; del 8,25% por los años 2022 a 2024 (que equivale al 25% de la tarifa general de las personas jurídicas que actualmente está proyectada en el 33% a partir del 2018); y del 16,5% (50% de la tarifa plena) para los años 2025 a 2027. Para las medianas y grandes empresas la tarifa será del 17% (50% de la tarifa plena de 33%) para el año 2017, del 16,50% (50% de la tarifa plena de 34%) por los años 2018 a 2021, y del 24,75% por los años 2022 a 2027 (75% de la tarifa plena de 34%).
  • Las sociedades podrán optar por pagar hasta el 50% de sus impuestos mediante la inversión directa en proyectos de trascendencia social en las Zonas más Afectadas por el Conflicto Armado. El Gobierno Nacional definirá una lista de proyectos prioritarios que podrán ser financiados a través de este mecanismo.
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¿Cómo funcionan los incentivos tributarios?

El Gobierno saca un listado de las obras que le interesan, frente a dicho listado las empresas privadas responden y proponen. Por ejemplo: si a una empresa le interesa construir un puente, lo financia y descuenta el valor de todo lo que conlleva su construcción de los impuestos; es decir, paga impuestos haciendo obras.

En Perú este modelo ha sido exitoso y se conoce como Impuestos por Obras. En este momento tiene un acumulado de 700 millones de dólares en obras. Lo importante es que se pueden llevar a cabo proyectos de infraestructura en regiones que no son grandes capitales y donde la construcción puede ser más rápida y eficiente. A estas empresas les sale más beneficioso construir obras, que pagar impuestos.

Jorge Silva Dávila, gerente de Relaciones Institucionales del Banco de Crédito del Perú, explica en El País que el modelo tiene varios beneficios: por un lado gana la comunidad porque tiene obras pertinentes y más rápidas, se minimizan los hechos de corrupción y las empresas ganan en reputación y mejoran la relación con las comunidades.

“En Perú, en un inicio se pusieron límites que se han ido flexibilizando. En el caso de Colombia, la norma está bien, pero creo que también debe flexibilizarse porque está limitada a los municipios en conflicto y las demás poblaciones también requieren obras”, destaca Silva Dávila.

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