¿El patrimonio poseído en el exterior por una persona natural se tiene en cuenta para realizar el cálculo de la renta presuntiva?
Resuelta 07 de Julio de 2017
Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, señala que la renta presuntiva debe calcularse de acuerdo con el patrimonio líquido del año inmediatamente anterior. Por consiguiente, si la persona natural en ese año anterior al año gravable era residente ante el gobierno colombiano, debió tomar el patrimonio que tenía en Colombia y en el exterior para realizar el cálculo de su renta presuntiva, porque si no era residente solo debió involucrar el patrimonio poseído en Colombia. De ahí la importancia de definir claramente cuando se es residente o no para efectos tributarios.