Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Inclusión laboral para adultos mayores: esta es la estrategia del Servicio Público de Empleo


Inclusión laboral para adultos mayores: esta es la estrategia del Servicio Público de Empleo
Actualizado: 5 julio, 2021 (hace 3 años)

Prestadores de empleo identificarán las ofertas laborales para esta población a través de SPE.

Se debe aprovechar la experiencia de los adultos mayores para insertarla en el mercado laboral.

Para el 2050 se calcula que 15,2 millones de ciudadanos integrarán en Colombia este grupo poblacional.

Pese a que en los últimos meses el Gobierno nacional le está apostando a la generación de empleo para jóvenes entre 18 y 28 años de edad, las estrategias para los adultos mayores no se quedan atrás.

Como respuesta a lo anterior, el Servicio Público de Empleo –SPE–   lanzó el 24 de junio de 2021 la estrategia de inclusión laboral para personas adultas mayores que no hayan cumplido los requisitos de pensión, según lo establecido en la Ley 2040 del 2020, a través de la cual se adoptan medidas para impulsar el trabajo en las mujeres mayores de 57 años y en los hombres mayores de 62.

La estrategia involucra la elaboración de la Guía de ajustes a la ruta de empleabilidad para personas adultas mayores y del ABC para promover la inclusión laboral de los adultos mayores en el Servicio Público de Empleo, puestos a disposición de las agencias y bolsas de empleo autorizadas por el SPE que operan en todas las regiones del país.

Angi Velásquez, directora del SPE, ha dicho sobre la estrategia:

Hoy nuestro sistema de información cuenta con un plus, la marca el programa de gobierno ‘Empleo adulto mayor’, Ley 2040 del 2020, con la finalidad de que nuestros prestadores identifiquen de una manera ágil y dinámica las ofertas laborales para esta población y las pongan a su disposición por medio del Servicio Público de Empleo.

Por su parte, el viceministro de Empleo y Pensiones, Andrés Felipe Uribe, destacó este tipo de iniciativas:

Los adultos mayores han demostrado que están en capacidad sobrada de contribuir productivamente a nuestra economía. Hay que aprovechar esos talentos y sabiduría e insertarla en el mercado laboral; cae como anillo al dedo a los objetivos del Servicio Público de Empleo.

Hoy hay 5,8 millones de personas con más de 60 años

El país cuenta con más personas adultas mayores en comparación con generaciones anteriores. 5,8 millones de personas con 60 años o más es el equivalente al 13,3 % de la población en la actualidad, y para el 2050 se calcula que será del 24,6 %, es decir, 15,2 millones de ciudadanos integrando este grupo poblacional.

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El director del Dane, Juan Daniel Oviedo, en el mismo evento informó que el porcentaje de personas ocupadas de 60 años o más fue del 9,8 % (1,95 millones) del total de la población colombiana. Al respecto, Velásquez menciona que:

Por tal motivo, para promover su autosuficiencia económica, valorando que estas personas cuentan con destrezas, competencias y habilidades que les permiten ingresar al mercado laboral, trabajamos en el fortalecimiento de esta y otras estrategias; lo que pretendemos es garantizarles un envejecimiento digno activo.

Beneficios tributarios para quienes contraten adultos mayores

La Ley 2040 de julio 27 de 2020 promueve la contratación laboral de adultos mayores que, teniendo la edad de pensión, no lograron cumplir los requisitos de cotización para tener una mesada; esta fue sancionada.

“empleadores que vinculen a mujeres mayores de 57 años y a hombres con más de 62 años que no están pensionados obtendrán beneficios tributarios”

Los empleadores que vinculen a mujeres mayores de 57 años y a hombres con más de 62 años que no están pensionados obtendrán beneficios tributarios.

Las empresas y empleadores obligados a presentar declaración de renta podrán deducir del impuesto sobre la renta el 120 % del valor de los salarios y prestaciones pagados a estas personas durante los años gravables en los que el empleado permanezca contratado por el empleador contribuyente.

Para ello, la empresa en busca del beneficio debe garantizar que estas personas representan al menos 2,5 % de su planta de personal en el caso de empresas con menos de 100 empleados.

Este requisito de vinculación se incrementará en medio punto porcentual por cada 100 empleados adicionales, sin pasar del 5 % de la planta de personal, lo cual aplicaría para empresas hasta con 1.250 empleados.

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