Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Incoterms, tipo DEQ – Entrega en muelle


Actualizado: 4 mayo, 2015 (hace 9 años)

Incoterms, tipo DEQ – Entrega en muelle de recepción acordado, sin despachar para la importación, es un tipo de contrato Incoterms para las operaciones de compraventa internacionales. 

En este tipo de contrato la responsabilidad del vendedor llega hasta la entrega cuando se ponen las mercancías a disposición del comprador, sin despachar para la importación, en el muelle del puerto de destino acordado.

El vendedor debe asumir los costos y riesgos ocasionados al conducir las mercancías al puerto de destino acordado y al descargar las mercancías en el muelle; además, debe pagar todos los trámites, derechos, impuestos y demás cargas de la importación; este término puede usarse únicamente para el transporte por mar o por vías de navegación interior, o para el transporte multimodal, es decir, en los contratos en los que es necesario emplear más de un tipo de vehículo para transportar la mercancía desde su lugar de origen hasta su destino final, pero mediando un solo contrato de transporte.

Obligaciones del vendedor

  • Entregar la mercancía y documentos necesarios.
  • Empaque y embalaje.
  • Flete (de fábrica al lugar de exportación).
  • Aduana (documentos, permisos, requisitos e impuestos).
  • Gastos de exportación (maniobras, almacenaje y agentes).
  • Flete y seguro (de lugar de exportación al lugar de importación).
  • Aduana (documentos, permisos, requisitos e impuestos).

Obligaciones del comprador

  • Pago de la mercancía.
  • Flete y seguro (lugar de importación a planta).
  • Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes).
  • Asumir los costos generados por posibles demoras.

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