Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Influenciadores deberán ejercer buenas prácticas y no engañar a consumidores


Influenciadores deberán ejercer buenas prácticas y no engañar a consumidores
Actualizado: 5 octubre, 2020 (hace 3 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Tres objetivos de la guía
  • Identificar cuándo hay una relación comercial con un anunciante
  • Anunciante o agencia de publicidad debe indicar lineamientos para identificar plenamente el mensaje como publicidad
  • No realizar publicidad cuando el anunciante le sugiera ocultar la naturaleza del mensaje
  • No pasar un mensaje publicitario como uno natural y espontáneo que surge de su experiencia

La SIC busca orientar a anunciantes e influenciadores sobre las pautas que deben tener en cuenta al emitir publicidad a través de redes sociales y plataformas digitales.

A través de una autorregulación de las actividades que desempeñan, se pretende garantizar los derechos de los consumidores.

La Delegatura para la Protección del Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio –SIC–, publicó el 1 de octubre de 2020 la Guía de buenas prácticas en la publicidad a través de influenciadores, y así establecer lineamientos para esta forma de publicidad.

La idea con esta guía es instruir a quienes participan en este tipo de actividad comercial respecto de la normativa aplicable en Colombia.

En ella se define al influenciador como toda persona que publique contenido en medios de comunicación, en particular en las redes sociales o plataformas digitales, compartiendo sus experiencias y opiniones, capaces de influir de manera predominante en las decisiones de consumo, generando credibilidad ante sus seguidores.

Tres objetivos de la guía

  1. Orientar a los anunciantes e influenciadores sobre las pautas que se deben observar a la hora de emitir mensajes publicitarios, especialmente a través de redes sociales y plataformas digitales, y así garantizar los derechos de los consumidores.
  2. Promover el uso responsable de las nuevas prácticas publicitarias a través de influenciadores, en particular en el entorno digital, y que adopten políticas de autorregulación que se ajusten a lo establecido en la Ley 1480 de 2011 y demás normas concordantes.
  3. Brindar herramientas a los consumidores que les permitan identificar en los mensajes que reciben de los influenciadores cuándo están ante un mensaje publicitario y cuándo ante una recomendación espontánea del influenciador, para salvaguardar el derecho que tienen a la libre elección y a la protección contra mensajes que puedan inducirlos al error, engaño o confusión.

La guía, además, realiza una serie de recomendaciones para que los influenciadores las tengan en cuenta.

Identificar cuándo hay una relación comercial con un anunciante

Se recomienda al influenciador analizar qué relación existe con quien le está solicitando crear contenido sobre un producto para ser emitido como mensaje en cualquier medio, en especial en sus redes sociales o plataforma digital.

«Si existe una remuneración o pago y hay sugerencias frente al contenido del mensaje y la periodicidad de su difusión, el influenciador deberá dejarle claro al consumidor que el mensaje que está transmitiendo es una pieza publicitaria», afirma la guía.

“Se recomienda al influenciador que tiene una relación comercial con un anunciante exigirle que se suministren los lineamientos sobre la forma en que esa pieza se va a identificar como publicidad”

Esta remuneración no siempre será en dinero, podrá consistir en descuentos en los productos del anunciante, entrega gratuita de bienes o servicios del anunciante, invitaciones a disfrutar de experiencias, otros pagos en especie, entre otros.

Anunciante o agencia de publicidad debe indicar lineamientos para identificar plenamente el mensaje como publicidad

Se recomienda al influenciador que tiene una relación comercial con un anunciante exigirle que se suministren los lineamientos sobre la forma en que esa pieza se va a identificar como publicidad, teniendo en cuenta el formato del mensaje a difundir.

No realizar publicidad cuando el anunciante le sugiera ocultar la naturaleza del mensaje

Se recomienda al influenciador abstenerse de emitir un mensaje publicitario sin identificarlo como tal a petición del anunciante. Lo anterior, teniendo en cuenta que, de no revelarse esta relación comercial, el influenciador puede ser considerado como anunciante y debe responder en caso de que el mensaje emitido induzca al error o confusión al consumidor y no corresponda con la realidad.

No pasar un mensaje publicitario como uno natural y espontáneo que surge de su experiencia

Se recomienda al influenciador abstenerse de transmitir un mensaje publicitario como si se tratara de una impresión espontánea y que surge de su experiencia.

«En esta medida, debe tenerse en cuenta que los testimonios u opiniones que no correspondan a la realidad o no sean producto de su vivencia pueden ser constitutivos de infracciones administrativas», indica la SIC.

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