Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.
Las personas naturales y jurídicas que se vayan a inscribir en el RUT o quienes ya están inscritas y necesiten actualizarlo, tendrán que tener cuenta corriente en algún banco y llevar recibos de servicios públicos del domicilio que reportarán en el RUT.