Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Información a reportar para la calificación en el régimen tributario especial


Actualizado: 22 mayo, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

Para el proceso de solicitud de calificación en el régimen tributario especial, ¿sobre qué miembros de la entidad se debe reportar información?

Resuelta el 17  de mayo de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, señala que para dar respuesta a la consulta se debe estudiar lo dispuesto en el artículo 364-5 del Estatuto Tributario, puntualmente lo dispuesto en el parágrafo 2, numerales 5, 6 y 7.

De acuerdo con lo anterior, se precisa que para realizar el registro web de las entidades del régimen tributario especial, se debe reportar entre otra: la información de los fundadores, la información de quiénes ocupen cargos gerenciales y a su vez la información de los donantes, que deberá ser registrada en los formatos 2530, 2531 y 2532.

 

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,