Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Información exógena año gravable 2021: ¿qué personas naturales están obligadas a presentar el reporte?


Información exógena año gravable 2021: ¿qué personas naturales están obligadas a presentar el reporte?
Actualizado: 24 enero, 2022 (hace 2 años)

Todo lo relacionado con el reporte de la información exógena por el año gravable 2021 lo encuentras en nuestro Libro Blanco de 389 páginas y 31 casos prácticos.

Este manual teórico-práctico describe las instrucciones de la Resolución 000098 de 2020 y las modificaciones efectuadas por la Resolución 000147 de 2021.

Los obligados a reportar información exógena por el año gravable 2021 se encuentran detallados en el artículo 1 de la Resolución 000098 de 2020. En lo que respecta a las personas naturales y sus asimiladas obligadas a cumplir esta obligación, serán:

Otros obligados a reportar exógena por el 2021 son las entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica con organismos internacionales, las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, las personas jurídicas y sus asimiladas y demás entidades públicas y privadas que en el año gravable 2020 o en el año gravable 2021 hayan obtenido ingresos brutos superiores a cien millones de pesos ($100.000.000), las cámaras de comercio, los secretarios generales (o quienes hagan sus veces) de los órganos que financien gastos con recursos del tesoro nacional, entre otros.

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