Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Información exógena reportada por los fondos de inversión colectiva


Actualizado: 9 abril, 2019 (hace 5 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta: 

¿Los fondos de inversión colectiva están obligados a presentar información exógena? ¿Qué datos deberán ser reportados? 

Pregunta resuelta el 4 de abril de 2019

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios señala que los fondos de capital privado, los fondos de inversión colectiva y otros, de acuerdo con el artículo 23-1 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 60 de la Ley 1943 de 2018, son no contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario.

Frente al caso en cuestión el experto expresa que a partir de las disposiciones fijadas por la Dian en su Resolución 000060 de octubre 30 de 2017 los fondos de capital privado y los fondos de inversión colectiva, como no responsables del impuesto sobre la renta y complementario, no están obligados a reportar información exógena tributaria, a menos de que hayan practicado retención en la fuente.

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