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Información financiera 2018: plazos para reportarla durante 2019 a la Supersociedades


Información financiera 2018: plazos para reportarla durante 2019 a la Supersociedades
Actualizado: 4 enero, 2019 (hace 5 años)

Entre marzo y mayo de 2019 las sociedades de los grupos 1, 2 y 3 le deberán hacer llegar a la Supersociedades sus estados financieros básicos del año 2018; para este proceso se seguirá usando el software XBRL EXPRESS.

Mediante las circulares 201-000005 y 100-000006 del 9 de noviembre de 2018, la Superintendencia de Sociedades fijó las condiciones y plazos en que las sociedades vigiladas, controladas e inspeccionadas de los grupos 1, 2 y 3 de la convergencia a normas internacionales (sin importar si se encuentran en condiciones normales de operación o en procesos de liquidación voluntaria) tendrán que remitir a dicho órgano de control tanto la información sobre sus estados financieros básicos del año 2018 como su informe de prácticas empresariales. Los plazos son los siguientes:

Estados financieros separados e individuales

De acuerdo con lo establecido en la Circular 201-000005 de 2018, las sociedades comerciales que a diciembre 31 de 2018 tengan la condición de vigiladas y/o controladas ante la Supersociedades, y que pertenezcan a los grupos 1 y 2 de la convergencia a normas internacionales, estarán obligadas a entregar los reportes mencionados en dicha circular. Lo mismo harán aquellas sociedades que solo tengan la condición de inspeccionadas ante la Supersociedades que pertenezcan al grupo 1 o 2 que no se encuentren en situaciones de liquidación voluntaria y a las cuales se les solicite mediante correo urbano la entrega de la información. Para estas entidades los plazos son los siguientes:

Últimos dos dígitos del NIT

Hasta el día

Últimos dos dígitos del NIT

Hasta el día

01 – 05

27 de marzo

51 – 55

10 de abril

06 – 10

28 de marzo

56 – 60

11 de abril

11 – 15

29 de marzo

61 – 65

12 de abril

16 – 20

01 de abril

66 – 70

22 de abril

21 – 25

02 de abril

71 – 75

23 de abril

26 – 30

03 de abril

76 – 80

24 de abril

31 – 35

04 de abril

81 – 85

25 de abril

36 – 40

05 de abril

86 – 90

26 de abril

41 – 45

08 de abril

91 – 95

29 de abril

46 – 50

09 de abril

96 – 00

30 de abril

 

Ahora bien, dicha circular en su numeral 1.4 dicta que las entidades de grupo 3 siempre que se encuentren sometidas a la vigilancia o control de la Supersociedades, deben remitir sus estados financieros, con sus respectivas notas y debidamente suscritos a más tardar el 30 de abril de 2019.

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Envío de informe de prácticas empresariales

En el numeral 2 de la Circular 201-000005 de 2018 se indicó que las sociedades obligadas (entidades sujetas a vigilancia y control de la Supersociedades. Se exceptúan las sucursales de sociedades extranjeras, las entidades que se encuentren en estado de liquidación obligatoria, judicial, voluntaria, en concordato o en acuerdo recuperatorio, así mismo, las que determinen que no cumplen con la hipótesis de negocio en marcha a 31 de diciembre de 2018) a entregar el informe de prácticas empresariales por el año 2018 deberán hacerlo entre el 6 y el 17 de mayo de 2019. Los plazos son los siguientes:

Últimos dos dígitos del NIT

Hasta el día

Últimos dos dígitos del NIT

Hasta el día

00 – 10

06 de mayo

51 – 60

13 de mayo

11 – 20

07 de mayo

61 – 70

14 de mayo

21 – 30

08 de mayo

71 – 80

15 de mayo

31 – 40

09 de mayo

81 – 90

16 de mayo

41 – 50

10 de mayo

91 – 00

17 de mayo

 

Los otros plazos que deben tenerse presentes para cumplir con la obligación de reporte de información financiera ante la Superintendencia de Sociedades son:

  1. Estados financieros consolidados bajo Estándares Internacionales (grupos 1 y 2): Hasta el 24 de mayo de 2019
  2. De acuerdo con la Circular Externa 100-000006 de 2018, los estados financieros de entidades empresariales obligadas que se encuentren en proceso de liquidación voluntaria o que no cumplan la hipótesis de negocio en marcha: Hasta el 30 de mayo de 2019

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