Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ingresos brutos del año gravable 2019: incidencia en la información exógena de 2020


Actualizado: 16 junio, 2020 (hace 4 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿El valor de los ingresos brutos al cierre del año gravable 2019 deben ser considerados para definir la obligación de presentar la información exógena del año gravable 2020?

Pregunta resuelta junio 11 de 2020

Los contribuyentes obligados a presentar la información exógena correspondiente al año gravable 2019 deben actuar conforme a lo previsto en las siguientes normativas: Resolución 011004 de octubre de 2018, la Resolución 000008 del 31 de enero de 2020, la Resolución 000027 de marzo de 2020 y la Resolución 000046 del 7 de mayo de 2020 y finalmente la Resolución 000053 de mayo de 2020, disposiciones que incluyen modificaciones de plazos por las crisis del COVID-19.

Cabe mencionar que el incumplimiento de esta obligación fiscal puede acarrear el pago de la sanción consagrada en el artículo 651 del Estatuto Tributario.

En este mismo espacio, el contador público Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios explica qué incidencia tiene el valor de los ingresos brutos del año gravable 2019 al momento de presentar la información exógena del año gravable 2020.

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