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Ingresos con los que asalariados quedarán obligados a declarar por el año gravable 2013 y siguientes


Ingresos con los que asalariados quedarán obligados a declarar por el año gravable 2013 y siguientes
Actualizado: 25 noviembre, 2013 (hace 10 años)

Todo tipo de persona natural colombiana, residente o no, si sus ingresos superan los 1.400 UVT, por 2013 está en la obligación de declarar renta. Para los asalariados hay una parte del 593 del E.T. que sigue dando a entender que en el universo de los 1.400 UVT no habría que tener en cuenta la venta de activos fijos, loterías y similares, pero el 80% si tiene que ser salario.

Este es uno de los grandes ingresos que presenta la Ley 1607 de 2012 ya que modifica el numeral 3° del art. 593 del E.T.

Hasta antes de ser modificado, este decía que los asalariados se les exoneraba de declarar si los ingresos brutos no pasaban de 4.073 UVT, y que dentro de ese universo de ingresos brutos tenían que demostrar que el 80% en realidad provenían de salario.

Si el universo de ingresos brutos del asalariado no cumplía con el 80% de los salarios y en realidad se habían pasado de 1.400 UVT, declaraba renta.

Ahora, si los ingresos se pasaban de 1.400 UVT, pero no se pasaban de 4.073 y estaban entre 1.400 y 4.073 y el 80% más era por salarios lo exoneraban.

¿Qué pasa con la Ley 1607? Elimina ese numeral 3° del art. 593 del E.T.

Hoy, ya queda como las demás personas naturales. Si el asalariado termina teniendo ingresos que se pasan de 1.400 UVT queda como las demás personas naturales, obligado a declarar con solo pasarse de 1.400 UVT.

El independiente, quien vive de honorarios, comisiones y servicios también le bajaron de 3.300 UVT a 1.400 UVT.

En conclusión todo tipo de persona natural colombiana, sea residente o no, si los ingresos superan los 1.400 UVT por 2013 está en la obligación de declarar renta. En el caso de los asalariados hay una parte del 593 del E.T. que sigue dando a entender que en el universo de los 1.400 UVT no habría que tener en cuenta la venta de activos fijos, loterías y similares, pero el 80% si tiene que ser salario.

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