Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ingresos del Paef y del PAP: tratamiento en la declaración de renta de personas jurídicas AG 2021


Ingresos del Paef y del PAP: tratamiento en la declaración de renta de personas jurídicas AG 2021
Actualizado: 12 abril, 2022 (hace 2 años)

Durante el año gravable 2021, algunas personas jurídicas recibieron subsidios del Gobierno nacional provenientes de los programas del Paef y del PAP, los cuales tendrán un tratamiento tributario especial dentro de la declaración de renta.

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En medio de la crisis económica generada por la propagación del COVID-19, el Gobierno nacional creó una serie de apoyos económicos otorgados al sector empresarial con el propósito de solventar las dificultades financieras y contribuir al sostenimiento del empleo formal; entre ellos, el Programa de Apoyo al Empleo Formal –Paef–, creado por el Decreto Legislativo 639 de 2020 y modificado por los decretos legislativos 677 y 815 de 2020, la Ley 2060 de 2020 y el Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios –PAP–, creado mediante el Decreto Legislativo 770 de 2020, cuya vigencia se amplió hasta el pago de la prima de servicios de diciembre de 2020, de acuerdo con las modificaciones introducidas por la Ley 2060 de 2020.

ingresos del Paef y del PAP en la declaración de renta de personas jurídicas

Ahora bien, para efectos de la declaración de renta correspondiente al año gravable 2021, es importante prestar especial atención al tratamiento tributario de dichos ingresos recibidos por los empleadores provenientes de estos programas, con el fin de evitar cometer errores al momento de registrarlos dentro de la declaración.

Subsidios del programa de apoyo al empleo formal –Paef–

De acuerdo con el artículo 10-1 del Decreto Legislativo 639 de 2020, adicionado por el artículo 6 del Decreto Legislativo 815 de 2020, y el parágrafo 2 del artículo 3 de la Resolución 1126 del mismo año, el ingreso por concepto de subsidio a la nómina proveniente del Paef se considera ingreso gravado para el beneficiario, sea persona natural o jurídica, contribuyente del régimen ordinario o del SIMPLE. Por tanto, este subsidio incrementará la base sobre la cual se liquidará el respectivo impuesto.

Por este motivo, el auxilio a la nómina deberá incluirse en la declaración de renta del período fiscal 2021 como un ingreso gravado para el empleador, al cual se le puede imputar el 100 % de los gastos de nómina en los que se incurre por los trabajadores que hacen al contribuyente acreedor del subsidio.

Subsidios del programa de apoyo para el pago de la prima de servicios –PAP–

De acuerdo con el postulado del artículo 1 del Decreto 1152 de 2020, el ingreso proveniente del PAP también constituirá un ingreso gravado para el empleador beneficiario del pago.

Ahora bien, para el período fiscal 2020 los beneficiaros del programa pudieron imputar al ingreso gravable por concepto del PAP el 100 % de los gastos de nómina en los que incurrieron. Sin embargo, para el caso de los dineros recibidos en el primer trimestre de 2021 por concepto del PAP, correspondiente al desembolso del subsidio a la segunda prima de servicios de 2020, deberán incluirse como ingreso gravado en la declaración de renta del año gravable 2021, sin que a este se le puedan imputar los gastos de nómina del mes de diciembre de 2020, pues corresponde a la vigencia anterior. Por ende, dichos ingresos incrementarán el impuesto de renta de los beneficiaros del subsidio.

Así, aunque el dinero recibido durante el primer trimestre de 2021 corresponda al desembolso del subsidio de la nómina de diciembre de 2020, deberá incluirse dentro de los ingresos gravados de la declaración de renta del año gravable 2021 sin la posibilidad de imputar los gastos de la segunda prima de 2020.

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