Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Insolvencia empresarial: medidas adoptadas por el Gobierno en la contingencia por el COVID-19


Insolvencia empresarial: medidas adoptadas por el Gobierno en la contingencia por el COVID-19
Actualizado: 6 julio, 2020 (hace 4 años)

Con ocasión de la contingencia que se presenta en el país por el COVID-19, el Gobierno nacional ha adoptado una serie de medidas transitorias especiales de insolvencia para las empresas que hayan visto sus finanzas gravemente afectadas.

Conozca estas medidas a continuación.

¿Qué medidas ha tomado el Gobierno nacional en lo que concierne a la insolvencia empresarial en el marco del COVID-19?

Debido a la situación de emergencia que se presenta en el país por la aparición del COVID-19, algunas empresas han visto sus finanzas afectadas debido al cierre de sus operaciones, lo cual podría conllevar lamentablemente que en algunos escenarios los empresarios se vean obligados a ingresar a un proceso de reorganización empresarial.

Dado lo anterior, el Gobierno nacional adoptó una serie de medidas especiales para que estos empresarios puedan entrar a procesos de insolvencia que eviten el cierre definitivo de su negocio.

Estas nuevas medidas comprenden procedimientos menos rigurosos en comparación con los que se solicitan en condiciones normales, lo que permite que sean procesos más ágiles.

En el siguiente vídeo, Edgar Humberto Campo, abogado consultor especialista en derecho comercial estudia las medidas que han sido implementadas por el Gobierno nacional

Normativa expedida

Las normas decretadas por el Gobierno nacional para adelantar procesos de insolvencia por parte de las empresas en el marco del COVID-19 son:

  • Decreto Legislativo 560 de 2020: mediante este decreto se establecen las disposiciones generales frente a las medidas especiales y transitorias en materia de procesos de insolvenciaadoptadas en el marco de la contingencia por el COVID-19.

Estas nuevas medidas tendrán una vigencia de dos (2) años y tienen como principal finalidad mitigar los efectos de dicha contingencia en las empresas; a su vez, procuran la recuperación y conservación de estas últimas a través de mecanismos de salvamento y recuperación (consulta nuestro editorial Mincomercio determina medidas especiales para procesos de insolvencia con ocasión del COVID-19).

  • Decreto Legislativo 772 de 2020: mediante este decreto se establecen una serie de disposiciones generales referentes a la implementación de los mecanismos que deberán llevarse a cabo en los procesos de insolvencia.

Entre dichas disposiciones se encuentran el uso de herramientas tecnológicas para adelantar los procesos referentes a la adopción de medidas para proteger las empresas y el empleo, y al aplazamiento de los gastos de administración.

  • Decreto 842 de 2020: a través de esta nueva disposición normativa se reglamenta el Decreto Legislativo 560 de 2020. Esto quiere decir que por medio de este decreto se determinó la forma en como los actores (Superintendencia de Sociedades, jueces, deudores, acreedores, entre otros) deberán llevar a cabo los procesos de insolvencia, siguiendo los lineamientos de las disposiciones especiales a las que podrán acogerse las empresas que se hayan visto afectadas en el marco de la contingencia por el COVID-19.
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