Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Instrumento de Firma Electrónica –IFE–: qué es y sus características


Actualizado: 15 noviembre, 2016 (hace 7 años)

Mediante su Resolución 000070 de noviembre 3 de 2016, la DIAN ha optado por sustituir el mecanismo de firma digital respaldado con certificado digital por el Instrumento de Firma Electrónica –IFE–.

El IFE es la combinación de una Identidad Electrónica –IE– y un Código Electrónico –CE–; dicho instrumento permite que los usuarios de los servicios electrónicos de la DIAN puedan cumplir con sus deberes formales y tareas electrónicas habilitadas en dichos servicios.

La IE es la identificación correspondiente a cada usuario que deba firmar a través de los servicios electrónicos de la DIAN, mediante esta es posible identificar las operaciones y documentos firmados de manera electrónica por cada suscriptor. Por su parte, el CE es la combinación de caracteres numéricos que será enviada al suscriptor del IFE, y es usada como segundo factor de autenticación (el primero es la contraseña de la identidad electrónica, que es una combinación de caracteres alfanuméricos definidos por el usuario del IFE).

Es necesario tener en cuenta que la firma electrónica tiene la misma validez y efectos jurídicos que la firma realizada en persona. Lo anterior debido a que la fiabilidad de la firma electrónica (pues los datos –contraseña de la identidad electrónica y el código electrónico– suministrados para su creación corresponden exclusivamente al suscriptor) permite que con esta se puedan cumplir las obligaciones y operaciones ante la DIAN.

La vigencia de la firma electrónica es de 3 años, los cuales se cuentan a partir del momento en que se culmine el procedimiento de emisión o renovación del IFE.

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