Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Interdicto


Actualizado: 18 septiembre, 2018 (hace 6 años)

El término “interdicto” es utilizado en el ámbito jurídico para denominar a aquellas personas que se encuentran restringidas para el ejercicio de ciertos derechos, con motivo de padecer alguna discapacidad mental, haber sido declarado en quiebra, tener antecedentes penales, entre otras situaciones.

Clases de interdicción

Judicial: es aquella que se deriva de un defecto intelectual grave que afecta la capacidad de decisión de una persona. La declaración de esta interdicción, para la cual es necesaria la intervención de un juez, busca determinar la incapacidad de protección de quien es declarado interdicto.

Legal: es aquella que surge de la imposición de una condena, sin necesidad de ningún otro requisito.

Interdicción judicial

La interdicción judicial es un proceso de jurisdicción voluntaria (en el cual no existe el litigio, no hay contraparte), que consiste en solicitar ante un juez la declaración de que una persona no se encuentra en capacidades mentales óptimas para la toma de decisiones. Lo anterior tiene como finalidad designar a una persona para la administración de los bienes y evitar que terceros se aprovechen de la situación de quien es declarado interdicto.

Tal como lo ha establecido la Corte Constitucional mediante Sentencia T- 026 de 2014:

“Este proceso se adelanta ante un juez de familia, quien previa revisión de la solicitud y agotamiento del trámite, ordenará que una persona idónea (familiar o profesional), le administre el patrimonio a quien está en situación de discapacidad mental y ejerza sus derechos y obligaciones. Es un proceso de jurisdicción voluntaria, que no busca resolver un litigio, ni controvertir, ni obtener un derecho, sino que se declare que una persona no está en plenas condiciones mentales para desempeñarse por sí misma, con el objeto de evitar que se aprovechen de su condición y realicen actuaciones o negocios que puedan afectarle”.

Este proceso se inicia a través de una demanda, la cual debe contener el certificado de un médico siquiatra o neurólogo donde conste el estado del presunto interdicto. Mediante dicho proceso se declara la interdicción provisoria o definitiva, ya que con este no solo se busca la declaración de interdicción, sino también determinar si es posible que la persona se rehabilite.

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