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Mediante la Resolución 002288 de 2025, la Superfinanciera certificó la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario que regirá para el período comprendido entre el 1 y el 31 de enero de 2026.
Encuentra aquí los detalles al respecto.
A través de la Resolución 002288 de 2025, la Superintendencia Financiera de Colombia certifica que el interés bancario corriente será del 16,24 % efectivo anual para los créditos ordinarios y de consumo durante el período comprendido entre el 1 y el 31 de enero de 2026.
Recordemos que esta tasa fue certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia, de acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 28 de noviembre al 19 de diciembre de 2025.
La tasa correspondiente a este período sufre una disminución de 44 puntos básicos (0,44 %) respecto a la tasa certificada para el mismo período en 2025, cuando se había ubicado en 16,59 % efectivo anual, tal como se puede observar en la siguiente tabla:
|
Período |
Interés bancario corriente para la modalidad de crédito ordinario y de consumo |
Resolución de la Superfinanciera |
|---|---|---|
|
Entre el 1 y el 31 de enero de 2026 |
16,24 % EA | |
|
Entre el 1 y el 31 de enero de 2025 |
16,59 % EA |
La tasa certificada para el período comprendido entre el 1 y el 31 de enero de 2025, fijada en 16,24 %, y la correspondiente a diciembre de 2026, de 16,59 %, representan las tasas más bajas registradas en los últimos meses.
Vale recordar que el interés remuneratorio y moratorio será considerado como usura cuando supere en 1,5 veces el interés bancario corriente establecido por la Superfinanciera, equivalente a 24,36 % efectivo anual para el período del 1 de enero al 31 de enero de 2026.
La tasa de usura sufrió una disminución de 53 puntos básicos (0,53 %) respecto al mismo período del año 2025; para esa fecha fue de 24,89 % efectivo anual, así:
|
Período |
Tasa de usura para la modalidad de crédito ordinario y de consumo |
|---|---|
|
Entre el 1 y el 31 de enero de 2026 |
24,36 % EA |
|
Entre el 1 y el 31 de enero de 2025 |
24,89 % EA |